En cuanto a la deducción por adquisición de vivienda habitual, ya no podrá aplicarsela por la nueva vivienda en lo sucesivo, ya que ha sido suprimida. Tampoco podrá aplicársela por la antigua, si mantiene su propiedad, al perder la condición de vivienda habitual.
Por otro lado, si la vende, en el IRPF de 2016 (el que se declarará en 2017) tendrá que tributar por el beneficio obtenido (aprox. entre un 20 y un 23% del valor de venta menos precio de compra en 2006). Hay exención en estos casos siempre y cuando se reinvierta el importe total en la adquisición de la nueva vivienda habitual..
Buenas, actualmente tengo hipoteca en primera vivienda habitual de la que estoy desgravando ya que lo compré en 2006. El més que viene firmaré otra hipoteca de un piso que pasará a ser mi primera vivienda habitual. El piso se 2006 tengo pensado en vender o alquilar. Como me afectara en la declaración de la renta?