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Yo solo hice pareja de hecho .lo quité .yo solo estube dos años con el .empadronados dos años . Solo .y un año de papeles .Mi pregunta es si el no dice nada a extranjería que le puede pasar ? El tiene 4 años más .y contrato trabajo una vez que acabe con esto el tendría que hacerlos por su cuenta .con su contrato y todo no? Yo estoy en Barcelona y el es de Tanger .gracias
Hola, doy por hecho que tú eres ciudadana europea y que tu ex tiene un permiso de familiar de ciudadano de la unión.
Tú no puedes quitarle los papeles a nadie. Dependiendo de cuanto tiempo hayáis estado como pareja registrada, él puede conservar su permiso o tener la obligación de modificarlo a uno en regimen general (el que se aplica a los que NO son familiares de ciudadanos europeos). Pero el hecho de romper contigo NO provoca que tu ex quede en situación irregular en españa.
Lo de las deudas es un tema de derecho civil en el que no te podemos ayudar en este foro.
Lo del maltrato que comentas, si al final queda demostrado en un juicio (y eres tú la que debe demostrar ese maltrato, él tiene derecho a la presunción de inocencia), y tu ex es condenado por un delito que conlleve una pena de carcel de más de un año, sí que produciría la expulsión de tu ex y la perdida de sus papeles.
El si tiene contrato y tiene un año de pareja dos empadronados .conmigo el tiene que notificar algo a extranjería por qué yo creo que el no sabe que tiene que comunicar nada .el tiene 4 años más hasta que renueve .pero no sé si tiene que ir a extranjería el para algo .e leído.usted me dijo si estuvo 3 años y que tiene uno como como pareja no tiene que comunicar o si ?? No me entero por qué el solo sabe que quite pareja . Muchas gracias
Muchas gracias .si yo lo notifico y el no puede tener consecuencias .yo estoy en barcelona.y donde es lo de extranjería ? Gracias tiene que ser extranjería de su país o extranegeria de Cataluña .uf estoy perdida gracias
Si ya ha sido extinguida la unión de pareja estable de acuerdo con el Código Civil de Cataluña, puede usted dirigir un escrito a la Oficina de Extranjería en su provincia (no indica en qué provincia de Cataluña está), en el que comunique la extinción de la unión de pareja estable y la cancelación de la inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña a los efectos que procedan de acuerdo con la normativa en vigor. Adjunte la certificación de la cancelación de la inscripción.
Puede enviarlo desde cualquier oficina de Correos mediante el servicio ORVE. O puede hacerlo a través del Registro Electrónico Común (REC-RED SARA) si usted tiene certificado digital instalado en su ordenador.
Para usted no hay ninguna consecuencia si no se notificó, porque no es usted la obligada a hacerlo sino él. Pero puede usted, voluntariamente, poner los hechos en conocimiento de la Oficina de Extranjería. Si no se ha cumplido al menos tres años de inscripción como pareja de hecho y ya ha transcurrido el plazo de tres meses siguientes a la cancelación de la inscripción sin que hubiera solicitado la modificación a régimen general, la Oficina de Extranjería puede incoar un expediente administrativo con la finalidad de extinguir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión a su ex pareja si, de la vista de los documentos aportados y el plazo transcurrido sin que se hubiera solicitado la modificación a régimen general por parte de su ex pareja, resulta que la persona se encuentra en España sin título que la autorice a permanecer en el país. Pero eso es algo que debe hacer la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
El sabe que quite lo de pareja de hecho en Cataluña y no está empadronado conmigo de hecho no está empadronado .el sabe por qué yo de lo comunique .yo de que el no puede hacer nada si tiene que renovar dentro de 4 años la residencia pero dígame si yo tengo que ir a extranjería con el papel de extinción de pareja de hecho .si no se notifica que pasaría . Gracias
Yo no tengo hijos ni nada con el .entonces yo ya quite la pareja de hecho y tengo que dirigirme a estranjeria para comunicarlo ? Con el papel de anulación de pareja de hecho ? Nosotros nos empadronados dos años y pareja de hecho no hace un año . No entiendo muy bien eso de que hay gente que no avisa a extranjería . Si el no avisa que pasa ? Bueno yo no sé dónde vive el .. La verdad no me entero de algunas cosas muchas gracias
1.- Por lo que usted indica, usted es de nacionalidad española y al formalizar la unión de hecho e inscribirla en un Registro Público establecido para el efecto en alguna comunidad autónoma o ciudad autónoma de España, le dio el derecho de residencia en régimen comunitario y por tanto, le fue expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
2.- Si la inscripción como pareja de hecho registrada se cancela luego de que hayan transcurrido, al menos, tres años, de los cuales al menos uno debe haber transcurrido en España, su pareja CONSERVA el derecho de residencia en España en régimen comunitario a título personal. Lo mismo ocurriría si tuvieran hijos menores de edad en común y hubiera sido concedida al extranjero extracomunitario la custodia de los menores o el derecho de visita, aunque la inscripción hubiera durado menos de tres años. En estos casos de conservación del derecho de residencia en régimen comunitario, basta con comunicarlo a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
3.- Si no se encuentra en ninguno de los casos anteriores, la cancelación de la inscripción antes de los tres años de practicada abre para el extranjero extracomunitario el plazo de tres meses para solicitar la MODIFICACIÓN A RÉGIMEN GENERAL (a cualquiera de las autorizaciones de residencia o residencia y trabajo previstas en el Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería).
En la práctica, ocurre que mucha gente en el supuesto antes mencionado, generalmente por desconocimiento, no solicita la modificación en el plazo establecido y continúa con sus actividades. Cuando le corresponde renovar, lo que normalmente hace es solicitar una autorización de residencia de larga duración en régimen general (e incluso, hay muchos que, por desconocer esta posibilidad, se terminan quedando en situación irregular).
4.- Si usted quiere, puede solicitar la cancelación de la inscripción de la unión de hecho registrada de forma unilateral, siempre que se le notifique fehacientemente al otro integrante de la pareja (normalmente mediante acta notarial de notificación). Pero si desconoce la dirección o el paradero actual para hacerlo notificar, basta con que deje de estar empadronado con usted en el mismo domicilio y luego acredite (mediante acta notarial de notoriedad, es conveniente que lleve dos testigos mayores de edad y plenamente capaces conforme a Derecho) que la convivencia ha cesado con ruptura de la comunidad de vida, lo cual da lugar la extinción de la unión de hecho.
5.- Cuando haya obtenido la cancelación de la inscripción de la unión de hecho, puede usted dirigir un escrito a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia en el sentido de que se ha extinguido la unión de hecho registrada con esa persona y que cumple con comunicarlo al órgano administrativo competente, a los efectos de dejar expresa constancia del hecho y para todo lo que pudiera ser relevantes para la normativa de Extranjería.
1.- Por lo que usted indica, usted es de nacionalidad española y al formalizar la unión de hecho e inscribirla en un Registro Público establecido para el efecto en alguna comunidad autónoma o ciudad autónoma de España, le dio el derecho de residencia en régimen comunitario y por tanto, le fue expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
2.- Si la inscripción como pareja de hecho registrada se cancela luego de que hayan transcurrido, al menos, tres años, de los cuales al menos uno debe haber transcurrido en España, su pareja CONSERVA el derecho de residencia en España en régimen comunitario a título personal. Lo mismo ocurriría si tuvieran hijos menores de edad en común y hubiera sido concedida al extranjero extracomunitario la custodia de los menores o el derecho de visita, aunque la inscripción hubiera durado menos de tres años. En estos casos de conservación del derecho de residencia en régimen comunitario, basta con comunicarlo a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
3.- Si no se encuentra en ninguno de los casos anteriores, la cancelación de la inscripción antes de los tres años de practicada abre para el extranjero extracomunitario el plazo de tres meses para solicitar la MODIFICACIÓN A RÉGIMEN GENERAL (a cualquiera de las autorizaciones de residencia o residencia y trabajo previstas en el Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería).
En la práctica, ocurre que mucha gente en el supuesto antes mencionado, generalmente por desconocimiento, no solicita la modificación en el plazo establecido y continúa con sus actividades. Cuando le corresponde renovar, lo que normalmente hace es solicitar una autorización de residencia de larga duración en régimen general (e incluso, hay muchos que, por desconocer esta posibilidad, se terminan quedando en situación irregular).
4.- Si usted quiere, puede solicitar la cancelación de la inscripción de la unión de hecho registrada de forma unilateral, siempre que se le notifique fehacientemente al otro integrante de la pareja (normalmente mediante acta notarial de notificación). Pero si desconoce la dirección o el paradero actual para hacerlo notificar, basta con que deje de estar empadronado con usted en el mismo domicilio y luego acredite (mediante acta notarial de notoriedad, es conveniente que lleve dos testigos mayores de edad y plenamente capaces conforme a Derecho) que la convivencia ha cesado con ruptura de la comunidad de vida, lo cual da lugar la extinción de la unión de hecho.
5.- Cuando haya obtenido la cancelación de la inscripción de la unión de hecho, puede usted dirigir un escrito a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia en el sentido de que se ha extinguido la unión de hecho registrada con esa persona y que cumple con comunicarlo al órgano administrativo competente, a los efectos de dejar expresa constancia del hecho y para todo lo que pudiera ser relevantes para la normativa de Extranjería.
Hola me gustaría que me asesoren .yo hice pareja de hecho con mi pareja el tiene el NIE con mi número hoy fuy a quitar pareja de hecho y resulta que no le quitan papeles por qué puede tenerlos 4 años más .como es posible ? Este chico ahora que trabaja no me ayuda ya hace 5 meses que lo deje intenté por las buenas ahora no me paga dinero que me debe .me engaño con otras chicas .y tuve un maltrsto horrible.eñ ahora sabe que puede estar 5 años y como puedo hacer para quitar papeles gracias
A mi hijo q es español, le pasó con una uruguaya. Solo q él vse casó en Uruguay x lo civil. Al mismo presentar los papeles para inscribir el matrimonio en España, lo abandonó y le dijo q ya no lo necesitaba, q se trataba d un matrimonio d conveniencia, x lo q en cuanto llegó a España solicitó la no inscripción del matrimonio. Así q en España no está casado pero sí en Uruguay. Ahora no sé q hay q hacer para solicitar la anulación o divorcio. Ni siquiera en la embajada me aclaran la solución. Alguien podría asesorarme? Gracias
HOla espero que ya hayas podido arreglar tu situación , divorciarse mediante. Divorcio contencioso y presentar el divorcio en extrangeria es lo que te aconsejo , a mi me pasó igual y ya le van a quitar su targeta.
Un abrazo grande
Buenos días, lo primero de todo vaya y deshaga la pareja de hecho, ya no tendrá ese vinculo con el y no le podrán hacer nada, es como cuando se casa y se divorcia, luego vaya a extranjería/policia con la cancelación y ya el problema lo tendrá el por no avisar en extranjería de su nueva condición para cambiar la tarjeta porque ya no tendrá derecho a la de comunitario.
No vale la pena maldecirse, lo hiciste por amor y punto, ahora piensa en ti y haz lo correcto para no meterte en ningún problema.
Estoy mal, para una vez que me enamoro fuertemente, que lo doy todo por amor, y puedo salir perjudicada. Maldita sea mi vida, por que naceria para sufrir!!! Por favor, digame es necesario que sea yo la que vaya a extranjeria? No deseo tramites de juzgado, lo pasaria mal.
Estaba intentando enviarle los mensajes de whatsapp en los que me insulta y se rie de mi, diciendo que esta con otra mujer desde hace un año, justo el tiempo que yo creia que trabajaba fuera porque el me decia. Por favor, ¿me pueden culpar a mi de algo? Yo hice la pareja de hecho por amor, le di todo me fie de él, ahora me paso los dias llorando por haber sido tan tonta confiando en su palabra tanto tiempo, estoy mal creame. Ayudeme por favor
pero a mi me engaño, el me decia que me amaba pero trabajaba en otra ciudad y le crei. Ha sido ahora cuando me ha enviado unos mensajes insultantes, riendose de lo que hice por él y todo el dinero que le di cuando me decia que su empresa no le pagaba. Tengo resguardos de los pagos tanto a el como a su hijo. Por favor, digame ¿me pueden culpar a mi de no haber comunicado antes? Estoy mal. Le juro que he pasado unos dias llorando, pues yo le amaba, me sentia su esposa. ¿Es preciso que vaya a extranjeria? Tengo miedo de que me culpen a mi, y si él niega y le hacen caso a él, ?en que papel quedo yo? Por favor ayudeme
Hola...Desconozco cual puede ser la pena que le puedan imponer, el mejor lugar para que le informen de las consecuencias que puede acarrar este tipo de cosas es o bien en la policia o en extranjeria, tenga presente que el dara con toda seguridad una version de los hechos totalmente opuesta a la suya, una vez confrontadas ambas se decidira..... de todos modos lo importsnte es que ya no son pareja de hecho y eso junto al no haber informado de su nuevo estado a extrajeria es algo que no se suele pasar por alto y que podria costarle la residencia aun teniendo trabajo...saludos