Buenos días. Mi consulta es sobre la legalidad de que un aviso que me envía la oficina de Empleo tenga para presentarme tenga un plazo de "un día". Una vez personado, era un simple control para ver mi disponibilidad para el empleo.
No me parece de un estado democrático que yo no pueda estar de viaje, dentro de España, y que si no me presento al día siguiente de recibir una notificación me puedan sancionar con una falta leve que creo que implica un mes de pérdida de prestación.
Gracias
Buenas, ami me ha pasado lo mismo, dicen que me han mandado dos cartas certificadas a casa que es la direccion que tengo registrada en el sepe y no me han llegado ni me han dejado ningun papel como que han estado en casa y me he encontrado con que me han quitado 500 euros de paro en mes de diciembre en plena navidad... Ojala alguien pueda ayudarme por favor. Ya he pedido cita para q me expliqen pero estoy agobiada
Hola, mi amigo ha ido esta mañana a informarse,como bien dije ayer ha sido un error por parte de ellos ,en la dirección,le han pedido disculpas y le han dicho q rellenara una alegación exponiendo el problema para q le reanudarn la prestación. Pero con respecto al pago correspondiente a este mes,lo único que le han dicho q. pueden hacer es hacer un adelanto del pago del mes de febrero y el adelanto conlleva q se lo pagaran entre la semana próxima y el día 30 de enero,pero ello conlleva q el banco le cobre una comisión.
La verdad que me parece todo esto muy fuerte y q. siendo él,el perjudicado tenga q. pagar dinero encima para poder cobrar lo suyo.¿Es todo esto así ?Gracias compañeros.
Lo que tu consideras un error, es (de haber sido así) no haber mandado una carta certificada con acuse de recibo. Cualquier cosa puede haber pasado, que el servicios de correos sea pésimo (a veces pasa), que la dirección registrada en los servicios de empleo no esté correcta (también pasa aunque en la tarjeta de empleo viene señalado), que se intente notificar a la persona y no esté localizable (pasa aunque el cartero deja en el buzón constancia del intento). Por mi experincia te puedo decir que a veces las cartas no se mandan certificadas y con acuse de recibo porque lleva mucho papeleo. Ahora bien, antes de comunicar la Oficina de empleo al Sepe una lista de personas perceptoras de subsidio que no han asistido a una cita, a esas personas sí se les suele envíar una segunda comunicación con la tarjetita de color salmón (acuse de recibo) o se les suele llamar por teléfono, porque saben de sobra que en un parte de alegaciones donde no ha habido constancia de intento de notificación no hay sanción que se salga adelante. Saludos.
Parece que la administración ha empezado a ahorrar en el correo certificado y manda ahora las cosas por correo ordinario. Ya he visto 2 cartas para acudir a la inspección médica y una multa por exceso de velocidad por correo ordinario.
No ha cambiado de direccion ,es lá q ha tenido de toda lá vida y notificacion no ha recibido ,pienso q es un error x parte de ellos y tendria q alegar el?cuando el fallo há sido x parte de ellos? Y mientras pasa el tiempo em reclamaciones,de q come,le hán dado el dia al pobre ,ire manana con el a q nos informen.Gracias x vuestra infomacion.
Me preocuparía más porque no le sancionen que por reclamar responsabilidades.
El tema de prestaciones lo lleva el SEPE que pertenece a la administración del Estado. El SEPE será el que le mande la carta con propuesta de sanción.
Los temas de formación y empleo está trasferido a las CC.AA. Cuando estás hacen sus gestiones llamando a la gente para cursos, ofertas o lo que sea, la gente que son perceptores de alguna prestación y no asisten, comunican al SEPE tal circunstancia. Es importante, porque poca gente lo sabe, diferenciar las dos administraciones que conviven en la oficina de empleo.
Cuando llegue la notificación de la suspensión cautelar, tendrá tu amigo que hacer un escrito (el SEPE tiene modelos) comentándole qué ha pasado. El SEPE se pondrá en contacto con los servicios de empleo de la CC.AA. para verificar una cosa u otra.
En caso de haberse comunicado una determinada acción por carta, lo normal es que sea con acuse de recibo. Si no hay acuse de recibo, determinará posiblemente que la causa alegada de no haber recibido comunicación pueda considerarse como valida por el que está cobrando.
Ahora bien, si resulta que la persona que está cobrando ha cambiado de residencia y no lo ha comunicado entonces no tiene nada que hacer porque su obligación es estar localizable.
Por lo tanto, más que porfiar contra los que no le han pagado (el SEPE que no pinta nada en todo este trasiego), debería ir preparando el parte de alegaciones.
Y una pregunta....que dirección tiene dada tu amigo en el SPE...la del momento de la afiliación que consta en al SS??? Lo digo porque es habitual que se cambie de vivienda y no se comunique a los organismos oficiales que correspondan (yo me incluyo). Cuando uno cambia de dirección tienen que comunicarlo en la SS, en la DGT, cambiar la dirección del DNI (que no tiene costo si es por cambio de dirección...me enteré hace nada..pues yo tampoco lo había cambiado), etc. Si en el momento que se afilió dio una dirección y esta vario tenía que comunicar la variación de datos...y cuando solicitas la prestación puedes hacerlo también en la propia solicitud.
Añado esto, porque es habitual que gente que no reciba las cartas al final es cierto que no vive en esea dirección, sino que cambió (ojo hablo de la dirección que aparece en el DNI o SS) y como existe obligación de comunicar los datos cuando exista variación...que lo intente pero lo tiene crudo.
Cuantos de los que aquí escribimos tenemos la dirección del DNI de acuerdo con la habitual?? Y cuantos comunicamos a la DGT el cambio de dirección....y a la SS si es distinta a la del momento de afiliación?? Pues existe obligación, la mayoría no lo hace y luego pasan estas cosas...yo no cambié la mia para el borrador de hacienda hace años...y resulta que mi carta llegó a una dirección en la que vivían otras personas...y eso no es lo peor, porque reclamé otro borrador, lo peor es que esa carta con mis datos personales llegó a manos de una persona que ni conozco...nº de cuenta incluido...La culpa fue mía...porque si que era yo la obligada a cambiar de dirección.
Lá cuestion es q no ha recibido nada y hoy es cuando se ha dado cuenta q no le jan ingresado y llamo para informarse y fue cuando se Lo dijeron. y el problema es q se ha kedado hoy de momento sin cobrar,pueden indemnizarlo x ello.Gracias
No sólo un mes, hay sanciones de más meses. Cuando a alguien le suspenden la prestación por algún motivo de sanción, la mandan una carta a casa explicándole la situación y dándole un plazo, por si no está de acuerdo, para que alegue lo que crea conveniente.
Hola,por un error en el inem,hoy no le han pagado el desempleo a un amigo,ha llamado a informarse y le han dicho que se lo han retirado porque le enviaron una carta para presentarse a un curso y no asistió.
Él no ha recibido notificación de carta alguna,ante esta situación irá mañana a hablar con el dierctor o persona encargada de ello para q. solucione el problema,él necesita ese dinero pq está pendiente de diversos pagos,¿puede dejar de cobrar este mes ?y si ello fuese así podría pedir hoja de reclamciones por dicho motivo? Gracias.