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Desempleo

4 Comentarios
 
Desempleo
08/06/2004 11:19
Voy a darme de baja en autónomos después de casi 3 años. Tenía acumulado el máximo de paro antes de darme de alta en el RETA. Cómo podría hacer para poder cobrarlo? Hay alguna manera si me doy de alta en Régimen General durante unos meses? ¿Cuántos meses tengo que estar en el Régimen General? Gracias.
08/06/2004 17:50
Hola, ¿solicitaste el paro en su momento?

Si es SI: Ahora, entiendo que debes estar de alta al menos en REgimen General 12 meses para acceder a 4 meses de prestacion.

Si es NO: Te recomiendo que estes de alta mínimo 3 meses en Régimen General, porque el INEM podría poner problemas (simplemente porque consideren que hay connivencia entre la empresa y tú). Una vez pasados esos 3 meses sabes que te miraran lo cotizado en Regimen General en los últimos 6 años, y dependiendo del tiempo te concederán un tiempo de prestación u otro. Te paso la tabla de los días de cotización:

Cotiz.ultimos 6 años Duración prestación

Desde 360 hasta 539 días---------120 días
Desde 540 hasta 719 días --------180 días
Desde 720 hasta 899 días-------- 240 días
Desde 900 hasta 1.079 días ------300 días
Desde 1.080 hasta 1.259 días ----360 días
Desde 1.260 hasta 1.439 días ----420 días
Desde 1.440 hasta 1.619 días ----480 días
Desde 1.620 hasta 1.799 días ----540 días
Desde 1.800 hasta 1.979 días-----600 días
Desde 1.980 hasta 2.159 días-----660 días
Desde 2.160 días ------------------720 días

Un saludo.
08/06/2004 19:03
Hola creyes!!
Muchas gracias. No solicité el paro en su momento, así que entiendo que tendré derecho a 360 días, porque llevo 3 de autónoma, por lo que me contarán los 3 anteriores.
Mi duda venía porque la gente comenta de oidas y te lían. Alguien me dijo que si estabas 18 meses en el RETA perdías el paro acumulado hasta entonces.
Saludos y gracias de nuevo.
13/09/2004 20:28
Hola, he encontrado esta pregunta y yo creia que el paro caducaba cuando llevabas un tiempo de alta en autonomos.
13/09/2004 21:29
No caduca puesto que no llegó a pedirlo. Si lo hubiera pedido caducaba a los 24 meses de haber estado dado de alta en el RETA.
De todas formas, si no me equivoco lo que hará la oficina de empleo será computarle las cotizaciones que tenga a Régimen General en el período natural de los últimos 6 años, por tanto el periodo de autónomos no le va a servir y le va a descontar del periodo a percibir por ser días vacios de cotización al desempleo.