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Descuento dia huelga

8 Comentarios
 
22/09/2010 16:28
Le daré la definitiva, es decir, con el descuento de nómina si ha sido el caso.
Habrá una diferencia entre el líquido de nómina y el transferido el día de pago (si pago antes del 30) que, como ya he dicho, compensaré en la próxima nómina de octubre, como exceso de pago del mes anterior, claramente reflejado en el recibo de nómina.

No le veo tampoco problema a eso, ni veo que este tema justifique un retraso en el pago de la nomína del mes (aunque no sea el importe definitivo) en el caso de que tengas obligacion de pagar antes del 30.

Saludos
22/09/2010 11:13
Y qué nómina pensáis darle a la gente que ha hecho huelga, ¿la que han "cobrado" o la que han "cotizado"?
Lo correcto es descontarse el día en el mismo mes, aunque signifique no poder pagar hasta el 30.
22/09/2010 08:53
Se estaría faltando al derecho a la intimidad...y si tramitaras una demanda de inspección médica, ésta se desestimaría en 10 ó 15 segundos...
22/09/2010 08:38
A ver..., en la práctica no es tan difícil.
Dado que cierras (y posiblemente pagas) nómina antes del día de la huelga, calculas la nómina normal y luego, un a vez conformado quíen la ha seguido, recalculas las nóminas de los afectados, de forma que esa será la definitiva y descuentas en la nómina de octubre la diferencia de líquido resultante.

Eso sí, la comunicación a la S.S. sí has de hacerla en plazo (5 días) como ya te han dicho.

Saludos
22/09/2010 08:10
Gracias por las respuestas. Es que no encuentro en ningún lado que el descuento se pueda realizar al mes siguiente.

21/09/2010 23:24
En materia de nóminas, podrás realizar el descuento en la nómina de octubre.
Mientras que por lo que respecta a la comunicación a la SS, deberás realizarlo por el sistema RED en el plazo de los 6 días siguientes a la huelga (cambio de variación, huelga, no recuerdo el código). Si no lo comunicas en dicho plazo, no podrás realizarlo por RED, y deberás presentarte en TGSS y lidiar con el funcionario de turno (en principio no ponen impedimento).
21/09/2010 10:45
A nadie más le surge este problema. Es que no queda claro cual es el procedimiento correcto, rehacer nómina y regularizar el ingreso ya realizado el mes siguiente o por el contrato descontar el día de la huelga en la nómina de octubre.
16/09/2010 16:23
Creo que tienes el mismo problema que yo.
Tengo sociedades que cierran las nóminas el 27 ó 28 pero el 29 hay huelga y no puedes saber quienes la secundan hasta el mismo 29.
Tedrás que rehacer esas nóminas porque a aquellos que secunden la huelga hay que notificarlo a la Tesorería porque aparte de descontarle el día no vas a cotizar por ellos y sin tienes que regularizar porque ya se han hecho las transferencias puedes hacerlo en la nómina del mes que viene.

Es lo que tienen las güelgas......
Descuento dia huelga
16/09/2010 13:17
Buenos días a todos. Me surge una duda a la hora de realizar las nóminas de este mes. Nosotros solemos cerrar él pago de la nómina sobre el día 27, por lo que sería anterior al día de la huelga general. ¿Se podría descontar el día de huelga a los trabajadores que la hagan en la nómina del mes de octubre? ¿O habrá que rehacer las nóminas después del día 29?.
Gracias