El art. 13 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), dice que el Presidente es uno de los miembros del órgano del gobierno de la Comunidad; que el nombramiento de Presidente será obligatorio y que ostentará legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que le afecta.
Los diferentes derechos que le aporta la LPH al Presidente, le generan paralelamente una serie de responsabilidades que debe cumplir, ejemplo:
Debe de cumplir de forma diligente, ágil y perseverante, aquellos mandatos o acuerdos que se hayan adoptado en la Junta de Propietarios.Debe de realizar aquellos trabajos u obras que resulten necesarias para el mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble, de los servicios y sus instalaciones comunes.Debe de dar el visto bueno a las certificaciones de estar al corriente de pago de un propietario, corresponsabilizándose junto con el administrador de la finca de la exactitud de los datos.Tiene la obligación de proponer a la Junta de Propietarios la iniciación del procedimiento monitorio contra aquellos propietarios que no cumplan con sus pagos a la Comunidad de Propietarios, etc
Derechos y obligaciones de un presidente de comunidad
Me gustaría saber si hay alguna normativa o reglamento o ley que determine los derechos y obligaciones de un presidente de comunidad. De ser así, ¿cuál és?
Muchas gracias siempre por toda la ayuda prestada.