En este caso, los padres son herederos universales de su hijo, teniendo el conyuge viudo derecho al "usufructo" del 50%.
Es decir, sobre el 50% los padres son herederos en pleno dominio. Y sobre el otro 50% los padres serán "nudos propietarios" y el conyuge viudo "usufructuario".
Buenas,quería saber qué derechos tendría sobre una vivienda habitual en propiedad del marido fallecido,su viuda;siendo que no tienen hijos pero los padres del marido están vivos. Viuda en gananciales pero vivienda a nombre de marido fallecido por ser anterior al matrimonio. Sin testamento.