No soy abogado pero estoy pasando por un problema parecido, mi padre falleció hace 2 meses como vivo en Catalunya y la pareja de mi padre le han otorgado pareja de hecho tiene todo el derecho a permanecer en el piso durante 1 año gratis, pagando notros todos los gastos, lo que se le llama un año de plor, Además al ser catalunya les tenemos que dar un 25% de la herencia ..... Si mi padre no hubiese vivido en esta comunidad la habríamos sacado al día siguiente según nuestro abogado.
Y para puntualizar más el asunto , mi padre tenía testamento a FAVOR DE SUS HIJOS, y mi padre no se caso no registro la pareja de hecho, se lo a otorgando un jusñzgado al ver que permaneció con mi padre más de 5 años.
Ya es pareja de hecho, no hace falta esperar 10 años. Pero eso no le otorga ningún derecho hereditario, ni a permanecer en precario, que además es en una propiedad de otra persona. Siendo el piso de tu propiedad tanto tu padre como su pareja pueden vivir ahí mientras tú se lo permitas, fallezca alguno o no.
Derechos de la pareja de hecho de mi padre sobre la ocupación de un piso de mi propiedad
Cuando mi madre falleció mi padre comenzó una relación con otra pareja y como precaución puso el chalet donde han establecido su residencia a mi nombre.
Si mi padre falleciera, esta señora podría ejercer algún derecho sobre esa propiedad, como seguir viviendo en ella o alguno de sus hijos que tiene de su matrimonio anterior, que son mayores de edad?
Mi padre no se ha vuelto a casar, pero tengo entendido que ella podría demostrar después de estos diez años que es su pareja de hecho.
Ella no tiene vivienda en propiedad, pero sigue pagando un alquiler de su piso de viuda.
Gracias por ayudarme.