Trabajo en un despacho especializado en Derecho de los Videojuegos, dentro de diversas ramas de la Propiedad Intelectual y estamos acostumbrados a tratar con estos temas.
Si todavía estáis desarrollando el juego, podemos daros un primer asesoramiento, sin compromiso, sobre las cuestiones o dudas que tengáis con el desarrollo.
Escríbeme a sara.jimenez.fdez@gmail.com, y me cuentas.
Soy abogado de derecho de empresa, propiedad intelectual e intangibles, en lineas generales y sin conocer el caso concreto:
Existe el no impedimento a la utilización de la caricatura de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública, siempre que sea de acuerdo con el uso social.
No obstante, el art 7.6. de la L.Org 1/1982 señala como intromisión/vulneración "la utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga".
Al tener vuestra conducta un fin de explotación económica lo más recomendable sería que obtuvierais los derechos de los titulares que los conservan hasta incluso después de la muerte.
Cualquier cosa me podeís escribir a:
E-mail: javierdimartin@icam.es
web: dimartinadvocats.com
Twitter: @javierdimaritn
Hola!
Mi socio y yo hemos creado un juego en el que pensamos utilizar el nombre y caricaturas de futbolistas famosos ya retirados.
Tendríamos algún impedimento legal para hacerlo?
Hemos de pagar derechos si lo que estamos haciendo son caricaturas?
Muchas gracias por vuestra atención
Un saludo