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Derecho repetición contra trabajador

1 Comentarios
 
17/02/2022 12:56
melocoton22
Pero a qué daños se refiere? En el desempeño de sus funciones cualquier daño producido por un trabajador será la empresa la obligada de responsabilidad civil, luego está podrá sancionar al trabajador disciplinariamente pero nunca con multa de haber, (sanción pecuniaria).
Esto quiere decir que en vía Social lo llevan ustedes claro.
Tuvieron ustedes la oportunidad de sancionarlo incluso con el despido cuando era trabajador, en cuanto a los daños, no explica usted nada, pero salvo que haya mala fe y tengan pruebas que demuestren esa mala fe no tienen nada que hacer.
smo
Derecho repetición contra trabajador
17/02/2022 10:03
Si el trabajador ya está despedido, pero se le quiere reclamar por unos daños que ocasionó cuando aun era trabajador, se debe interponer la demanda al juzgado de lo social?

Gracias