Compatibilidad reducción de guarda legal de ambos progenitores en empresas distintas:
De acuerdo con el apartado 5 del artículo 37 del estatuto:
“5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años… tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo…”
Cuando dice “quienes”, no especifíca padre o madre, por lo tanto entiendo que cada progenitor puede solicitarlo en su empresa. Asimismo continúa el artículo 37:
“La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa”
Aquí se podría entender que el derecho es excluyente (padre o madre) hombres “o” mujeres. Pero solo se limita expresamente el ejercicio del derecho para más de una persona en la misma empresa y por el mismo sujeto causante.
La duda se me genera cuando un trabajador (el padre) solicita en su empresa la reducción de jornada y por otro lado (la madre) solicita en otra empresa también la reducción de jornada. En una ocasión la empresa solicitó un certificado de la empresa del otro progenitor para acreditar que no lo había solicitado. Según esto se podría decir que es incompatible el disfrute simultáneo, pero entiendo que una empresa no puede solicitar información de otra, e insisto que la norma no especifica que ambos progenitores no puedan ejercer el derecho simultáneamente. Por lo que entiendo que es un derecho que pueden ejercer ambos progenitores.
¿Qué opináis?
No tiene sentido solcitar tal certificación. Si se trata de empresas distintas, y aún tratándose del "mismo sujeto causante", son perfectamente compatibles.
De hecho, tampoco se declara la incompatibilidad en el caso de que los dos progenitores trabajen en la misma empresa y pidan la reducción de jornada por guarda legal por el "mismo sujeto causante" (en este caso el hijo). Simplemente se plante al posibilidad de que la empresa pueda denegarlo o limitarlo, pero debiendo justificarlo (no es un incompatibilidad que opere de forma absoluta).
Pero en este caso, tratandose de empresas distintas, lo que hizo la empresa es totalmente irregular (por no llamarlo de otra manera). Tal vez se confundió con el permiso de lactancia, que se es incompatible, siendo además el titular propiemanet dicho la madre y sólo si renuncia ésta puede disfrutarlo el padre, puediendiend entonces pedir la empresa que presente certificacion por parte de la empresa de la madre de tal renuncia.
En fin, que cambien de asesores, porque aquí la están cag...