El caso es el siguiente,mi suegro convivio durante unos diez años con una mujer en una vivienda propiedad de mi suegro, el ha fallecido sin dejar testamento a nivel legal tiene algun derecho esta mujer hemos intentado llegar a un acuerdo pero ella nos pide una cantidad desorbitada que paso debemos seguir para hacerla abandonar la casa ella tiene medio de vida y vivienda
Bea, en la comunidad autónoma gallega no existe ninguna ley que regule las parejas de hecho o, siendo exacto en mi exposición, está en tramite parlamentario. YA debes saber que Fraga es reacio a todo lo que suene a parejas de hecho y, además, en su campaña de elecciones gallega se decantó diciendo que la realidad de lass parejas de hecho es causa inmediata de la ruptura de la familia (al menos de la concepción que dicho político tiene de la familia).
Dejando a un lado cuestiones políticas, lo cierto y verdad, es que dentro del mosaico autonómico solo cuatro autonomías establecen derechos sucesorios para el conviviente de hecho (Cataluña, Aragon, Navarra y Baleares) y, por lo tanto, con respecto a Galicia, los derechos sucesorios se regirán por la normativa civil común.
En base a dicha normativa, el conviviente de hecho, carece de derechos hereditarios en la sucesión intestada, por lo tanto, entiendo, que nada hay que negociar con meritada señora por parte de los legítimos herederos abintestato.
Mi consejo es que paralelamente tramiteís la herencia (en cualquier notaria) y requiraís notarialmente a dicha señora para que abandone la casa y, posteriormente, si no abandona voluntariamente la misma procederjudicialmente al desahucio civil.
Un abrazo.