Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Derecho del empresario en despido

32 Comentarios
Viendo 21 - 32 de 32 comentarios
19/11/2009 13:59
Perdonad por la torpeza, sigo sin entenderlo. Todos los contratos que hacen en la empresa son por 6 meses, ni 15 dias ni un mes, ni tres meses.El no hace periodos de prueba porque en 15 dias no se sabe si esa persona es valida, no es lo mismo una tienda que una empresa de fabricacion. En el contrato se puso que era por motivos de fabricacion, creo, y el hecho es que la crisis ha hecho que la fabricacion caiga en picado.Incluso asi ha intentado no despedir a nadie aun con el peso que eso supone para el empresario y te aseguro que estando en el puesto que yo estoy se lo que digo. Ha bajado el trabajo mas del 60 %.
En fin, no entiendo lo del contrato temporal y no uno de prueba. Lo cierto es que esperara a que el contrato llegue a su fin y no quiere renovarselo.
Pero cuanto mas leo mas parece que cualquier empresario que haga un contrato de 6 meses deba quedarse si o si con el empleado sin tener en cuenta la valia del mismo. Ella no valia para su puesto, si no hubiera cogido la baja, hubiera seguido hasta los 6 meses de contrato y no se le renovaria. ¿Donde radica el problema???

19/11/2009 16:22
El problema radica en que esto no es una cuestión de opiniones, es una cuestión jurídica. En este pais no existe un contrato de seis meses a ver si la persona vale o no, y si se hace utilizando para ello uno de los contratos temporales que si existen, esta mal hecho, y por eso está en fraude de ley.
Los contratos temporales tienen que tener una causa definida, como una obra, un periodo de mayor producción o venta, etc... Si no existe una de estas causas, el contrato debe ser indefinido, y aunque se haya hecho uno temporal, si media denuncia, el magistrado lo va a convertir en indefinido.
Para ver si una persona vale o no, dentro de los contratos, temporales o no, se establece un periodo de prueba, que normalmente va aumentando según es mayor la categoría.
Después podemos hablar de consideraciones morales o de lo justo o lo injusto, pero la realidad legal es esta.
Lo que hace tu jefe no es legal y si la trabajadora no se hubiera quedado embarazada y al terminar el "contrato" no la renuevan, si ella va a magistratura igualmente pierde tu jefe, ya que hubieran declarado el contrato indefinido y por tanto despido improcedente.
La única diferencia entre que este embarazada o no, es que en el primer caso el despido es nulo, y por tanto hay que readmitirla y en el segundo es improcedente y tiene o bien que readmitirla o pagarle 45 días por año trabajado.
SALUDOS.
19/11/2009 16:58
El contrato es de 6 meses en el que se incluye los 15 dias de prueba.Se le hizo por necesidades de produccion. Ella coge la baja y notifica embarazo. Mi jefe aguanta los 6 meses del contrato.Pagando el.... No quiere renovar y le quiere finiquitar segun ley lo que le corresponda. No le quiere quitar nada que por ley le corresponda, lo que no quiere es tener que quedarsela porque es una inutil.
Y poniendonos en lo peor..... pongamos que la tiene que readmitir por h.... y esta señora coge baja los 9 meses -baja psicologica- mas 4 que le correponden.... y el primer dia que se reincorpora se va a la calle....lo unico que va a hacer es pasarse cobrando todo el embarazo sin pegar sello. Me parece injusto ... y mucho mas siendo yo mujer y madre.
19/11/2009 17:53
Dejarlo estar,no lo entiende...ya se lo explicara el juez en la sentencia.
19/11/2009 18:09
Ultimo intento: A ver, tu dices que en tu empresa a todo el mundo se le hace el mismo contrato, osea que se hace el contrato de seis meses sea a quien sea y en la epoca que sea. Eso es un contrato en fraude de ley, punto.
No vale con poner circunstancias de la producción, esas circunstancias tienen que ser reales y demostrables. Pongamos por ejemplo una fábrica de turron que durante tres meses del año necesita más personal porque llegan las Navidades, eso es una causa de producción, o una fábrica a la cual le llega un gran pedido y necesita contratar a más gente durante seis meses, eso es una causa de producción.
No es una causa de producción que tu jefe considere que el periodo de prueba no es suficiente para saber si una persona es válida y le haga un contrato de seis meses poniendo "necesidades de producción", sin especificar cuales y que estas sean reales. Eso es un contrato en fraude de ley, y si la trabajadora demanda, tu jefe palma porque está haciendo algo ilegal.
Por tanto, lo que le corresponde por ley a la trabajadora no es lo del contrato temporal sino lo del contrato indefinido, que según las leyes actuales es el que le tenía que haber hecho. Osea que tu jefe no le quiere dar lo que le corresponde por ley, sino lo que el quiere, habiendole hecho un contrato de forma ilegal.
Y por cierto, si le aguanta seis meses de baja, tu jefe solo paga los días del 4 al 15 un porcentaje, el resto lo paga la seguridad social, a excepción de los seguros sociales.
Esta es la mi opinión profesional, que es para lo que tengo datos suficiente, sin conocer a las partes la verdad es que no me atrevo a juzgar otros temas

SALUDOS.
19/11/2009 18:13
Las fabricas de turro que durante tres meses les hace falta alguien, se llaman fijos discontinuos.
19/11/2009 18:14
Los contratos temporales, como ya se ha dicho anteriormente, tienen que atender a una causa temporal, no están para saber si una persona sirve o no para el trabajo que debe realizar. Si esa causa temporal no existe, pues están en fraude de ley, o sea, que como demande el trabajador en caso de finalización de contrato, será un despido improcedente, con pago de 45 días de salario por año trabajado y los salarios de tramitación, y en caso de embarazadas sería nulo. Y no es porque yo lo diga, ni el resto de foreros que lo han apuntado, es porque la ley está así.
Que la trabajadora, tal como lo cuentas, tiene jeta, pues si, según tu versión si que me parece que la tiene, pero eso ya entra dentro de las opiniones personales, que delante de un juez no valen un pimiento.



CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN
F
ORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA
��
Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN
FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA

Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

https://www.redtrabaja.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/contratos/14eventual.pdf

Si e ha formalizado un contrato eventual por circunstancias de la producción, de habrá puesto un motivo, y si la trabajadora demanda cuando le finalice el contrato, y el juez estima que esa causa no responde a lo que tiene que responder, estimará el despido nulo, si la trabajadora lo pide en su demanda.

Un saludo.
19/11/2009 19:03
Toda la razón Picachu, lo que pasa es que la fabrica de turron este año quiere sacar un nuevo tipo de turron y necesita más personal para ello que el normal.

SALUDOS.
19/11/2009 19:16
Pues yo creo que si la empresa quiere mañana la podria echar a la calle, aun estando embarazada. alegando que no a superado el periodo de prueba que marque el convenio o en su caso el ETT.
19/11/2009 19:23
Si esta en periodo de prueba,eso si.Sino,no.Salvo que el contrato sea correcto,cosa que dudo.
19/11/2009 21:06
No ahy que olvidar que el contrato esta en fraude de ley es una presuncion, admite prueba en contrario, a no ser que la clausula sexta del contrato este vacia o no se la hayan puesto, o que la hayan contratado para una actividad y realice otra, yo no la despediria es un riesgo elevado para la empresa.
19/11/2009 22:35
Bueno os agradezco las opiniones. Ya os comunicare como ha acabado la historia.Por cierto... la ss no esta pagando ahora un puñetero duro, lo paga todo la empresa.
Un saludo.
20/11/2009 09:36
A ver nair, si está de baja a partir del quinceavo día de la misma paga la seguridad social. Tu jefe hace el pago directo y luego se lo descuenta de los seguros sociales. Eso es por ley y a no ser que tu jefe lo este haciendo todo mal, cosa que dudo, es así.
En cuanto al periodo de prueba, normalmente las bajas, absentismo, huelgas y demás lo que hace es suspender el periodo de prueba que vuelve a contar a partir de la vuelta de la trabajadora cuando esté de alta.
Y digo lo mismo de antes, si la trabajadora denuncia, la empresa ha de demostrar que no supera el periodo de prueba por falta de aptitud y no por el embarazo. Buscaré pero creo que había también una sentencia en ese sentido.
En cuanto a al que el contrato es en fraude de ley creo que la información que nos han dado nos lleva a ello, la empresa hace el mismo tipo de contrato a todos durante seis meses para luego, si el jefe considera que son validos, hacerlos indefinidos. Vamos, el caso típico de un contrato en fraude de ley.
SALUDOS.