Amparado en el Derecho de Petición del art. 29.1 de la C.E., Derecho Fundamental, dirigí escrito a un Ayuntamiento solicitándole varios registros que me afectan. El Ayuntamiento, pasado el plazo, no se digna contestar, por lo que me dirijo al Defensor del Pueblo, que insta al citado Ayuntamiento a responder. Caso omiso, ni caso. Alguien me puede decir si se trata de un delito contra el ejercicio de los Derechos Fundamentales.