Buenos días,
De antemano darte las gracias por tu contestación así como vuestra labor en este foro que tantos nos ayuda a los no entendidos.
Bueno al tema, llevo de baja laboral por contigencias comunes 6 meses, en mi contrato de trabajo celebrado hace ya más de 4 años me acogo al convenio de oficinas y despachos no especifica zona, vivo en Castilla la mancha y no he conseguido encontrar dicho convenio.
He leido el convenio de Madrid donde especifica que la empresa complementará durante los 9 primeros meses un 25 % de lo que paga la seguridad social y sobre el mes anterior a la baja. Los 4 primeros días seria el 100% del SALARIO, etc.
A fecha de hoy mi empresa solo me está pagando lo que estipula por Ley la S.S. sin complementar, me queda la duda de si puedo reclamarles ese 25% a la empresa al no existir convenio en Castilla la Mancha y mi empresa no tener ninguno. Asimismo a que se refiere con Salario, ¿al salario base simplemente o al bruto a recibir?
Un saludo,
"Artículo 22. Incapacidad Temporal.
Las empresas complementaran las prestaciones económicas por razón de enfermedad común o extraprofesional y accidente de trabajo o accidente extralaboral hasta alcanzar el 100 % del salario establecido en el presente convenio y ello durante el tiempo que dure la situación de baja por incapacidad laboral transitoria."
"Art. decimosexto. Enfermedad y accidente. Las empresas complementarán las prestaciones económicas por razón de enfermedad común o extraprofesional y accidente de trabajo o accidente extralaboral hasta alcanzar el 100 por ciento del salario establecido en el presente convenio, y ello durante el tiempo que dure la situación de baja por incapacidad laboral transitoria."
En todo caso deberías asegurarte de la vigencia de estos convenios, ahora no tengo a mano los códigos para comprobarlo. En Inspección de trabajo te pueden confirmar cual es el convenio de aplicación.
TOLEDO y GUADALAJARA creo que tienen extensión del convenio de Burgos, en el que se recoge la cobertura del 100 % del salario a partir del quinto día.
Mi lugar de residencia es en Guadalajara, estuve en inspeccion de trabajo y nadie me supo decir el código para comprobarlo, mi empresa es de otros servicios varios, ¿podria eso tener que ver algo?
Un saludo
Es una empresa de servicios varios, es decir da servicios a otras empresas o personas, (conserjes en comunidades, limpiezas, jardineria, control de accessos, etc).
De todas formas en mi contrato me acogo al convenio de oficinas y despachos sin especificar nada más.
Un saludo,
Hola, estas empresas tienen tantos convenios como actividades , es decir, para el personal de limpieza le es de aplicacion el convenio de empresas de limpieza....
Si tu estas en las oficinas de la empresa te seria de aplicacion el convenio de oficinas de despachos, pero como este convenio no existe en Guadalajara, te es de aplicacion el ET
Pués no lo entiendo,¿ no existe ningún convenio estatal o por comunidades?, ¿todos los administrativos de Guadalajara que en su empresa no tengan convenio están regidos por el ET?. Lo entiendo como discriminación con otras ciudades.
Mark9 comenta que tiene una extensión con Burgos, como puedo seguir ese hilo?
Un Saludo,
Pués no lo entiendo,¿ no existe ningún convenio estatal o por comunidades?, ¿todos los administrativos de Guadalajara que en su empresa no tengan convenio están regidos por el ET?. Lo entiendo como discriminación con otras ciudades.
Mark9 comenta que tiene una extensión con Burgos, como puedo seguir ese hilo?
Un Saludo,
Hola, siento decirte que no hay extension de convenio colectivo con el de Burgos
Sino hay convenio colectivo es porque empresarios y sindicatos no se ponen de acuerdo o no estan por la labor
Deberias preguntar a los sindicatos porque no hay convenio colectivo de oficinas y despachos o porque no han pedido una extension de convenio colectivo
Pués no lo entiendo,¿ no existe ningún convenio estatal o por comunidades?, ¿todos los administrativos de Guadalajara que en su empresa no tengan convenio están regidos por el ET?. Lo entiendo como discriminación con otras ciudades.
Mark9 comenta que tiene una extensión con Burgos, como puedo seguir ese hilo?
Un Saludo,
Hola a todos.
De todas formas cuando mark9 te lee el convenio de Albacete, (art. 22), Ó el de Ciudad Real ( art. decimosexto), te dice que las Empresas complementarán hasta el 100% del salario establecido en el PRESENTE CONVENIO.
Si tú tienes un convenio personal con la Empresa y cobras por encima de general, seguramente te aplicarían el convenio general, y no cobrarias el 100% de tu sueldo, sino el 100% del convenio general.
Lo digo porque a mí me ha pasado.
Saludos
Sigo sin entenderlo, la SS me paga el 75% de mi base cotizacion mes anterior, si no tengo convenio donde miro mi nivel salarial que es el 3, si no existe convenio estatal de oficinas y despachos un poco dificil, según ET cobro bien, pero para que sirve acogerse mi contrato a un convenio que no existe, lo entiendo por fraude legal.
Un saludo y espero vuestras opiniones,
Siento hacerme pesada, pero sigo sin entender la opinion de Federico, tal vez sea porque a nivel economico la diferencia es inmensa, ¿alguien discrepa sobre dicha opinión?