Si, siempre que cotice por desempleo hay actividades que no cotizan por esta contingencia.
• Tener cubierto un período mínimo de cotización por esta contingencia de 360 días, dentro de los seis años
anteriores a la situación legal de desempleo, o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
Hola, expongo brevemente la situación antes de la pregunta.
En mi empresa estoy contratada desde el año 2006 pero los 3 últimos años estuve de excedencia por cuidado de un hijo. Si al reincorporarme me despiden, ¿tengo derecho al paro habiendo estado éstos últimos años de excedencia?