Sí, como te ha contestado el compañero, puede reconocer la improcedencia pero a razón de 45 días/año, al ser el contrato anterior a la reforma laboral.
La empresa lo haría basandose en la ley del 2001, lo que ha hecho la del 2010 es ampliar los supuestos en los que se puede hacer este tipo de contrato.
SALUDOS.
Depido objetivo declarado improcedente de contrato formalizado en 2003
Una empresa quiere despedir a una trabajadora con contrato formento empleo (Ley 12/2001). El despido sería objetivo y la empresa reconoceria la improcedencia del mismo según ley 35/2010, pagaando 33 días por año.
Mi duda es que al ser éste contrato al ser anterior a la ley 35/2010 (potestad al empresario a reconocer la improcedencia) puede también acogerese a esta medida o únicamente pueden hacerlo los contratos concertados posteriormente a ésta ley???
Muchas gracias.