Lo importante, cuando te para un policia, es mantener la calma, intentar ver el numero de placa y tomar nota, ver la matricula del vehiculo (coche o moto) y tomar nota, asi como apuntar fecha y hora.
Si entrega papelta de denuncia, comprobar, fecha hora y nº del policia.
Despues, si no se tienen todos esos datos, poco se puede hacer.
Completamente de acuerdo contigo Plc, quizá no deba generalizar pero cuando padeces las consecuencias de los "menesteres" de ese tipo de personajes y la impotencia te agobia........surgen las comparaciones. En cualquier caso no solo ha sido la mala educación del Policia Local, su prepotencia y "su motivación personal" para encontrar a toda costa una razón para justificar "su menester" lo desposee de toda credibilidad menesterosa.
Tan absurdo decir que por ser de un cuerpo u otro se es o no correcto, como decir que los abogados de civil son más correctos que los de penal, o que un electricista es más correcto que un fontanero.
Pues Antonio si regular el tráfico, ordenarlo y denunciar en casco urbano no es su menester, ya me dirás cual es su "MENESTER".
De todas formas me adhiero a que hay policías mal educados, pero ciudadanos también, maestros, jueces, repartidores, comerciantes, dependientes, etc, etc.
Lamentablemente Quemado así es. Esa es la sensacion de certeza que yo siempre he tenido sobre lo que dices y lo digo por experiencias personales. Solo Guardia Civil y Policia Nacional son profesionales dedicados por completo a su labor y NO A "OTROS MENESTERES".
siempre los policias locales. se creen lo que no son y asi nos va. los importantes son los policias nacionales y guardias civiles y ellos si son correctos aunque tengan mucho mas poder
El agente tiene obligación imperativa legal (LO 2/1986 art. 5) de comunicarle la causa y finalidad de su actuación y, en materia de tráfico, "una una relación circunstanciada del hecho" (art. 5 y 12 del RD 320/94), incluso también por una simple cuestión de deferencia y buena educación.
Ahora, denunciar al agente ante la jurisdicción penal por el motivo que usted señala me parece algo excesivo.
Siempre tiene derecho a presentar las alegaciones que considere convenientes respecto a la denuncia de tráfico que le impuso, incluso puede presentar una queja interna ante el ayuntamiento o propio cuerpo de Policía Local al que pertenece por la actitud mantenida y padecida por usted, pero, insisto, acusarlo de un delito podría resultar hasta contraproducente para sus intereses ya que no parecen existir indicios racionales de peso para hacerlo. Y tenga presente que la cosa podría dar un giro y resultar perjudicado si el juez considera que su imputación resulta notoriamente falsa.
Pero, desde luego, derecho a presentar denuncia o querella ante el juzgado de guardia lo tiene, todo sea que ésta se archive automáticamente y la otra parte o el propio juez no se queden quietos.
Saludos
Perdon por la falta de ortografia, (vajar no, quise poner bajar). Se me olvido concluir que al requerir al agente por las razones de la sanción: solo dio media vuelta y se marchó.
Agradeceria mucho me indicara alguien si puedo acudir directamente al Juzgado a interponer denuncia por presunto delito tipificado en los articulos 175 y 404 del vigente CP. He detenido mi vehiculo en un lugar donde no existe señal de prohibicion expersa de detenerse, ni horizontal ni vertical, para recoger a mi mujer y en el momento de detenerme y subir mi mujer al vehiculo, un agente de policia local con aires prepotentes y sin mediar palabra me requiere el permiso de conducir, se lo doy sin darme tiempo a vajar del vehiculo. El agente se marcha con mi permiso de conducir al vehiculo policial. Yo, esperando a que vuelca, apago el motor de mi vehiculo y cuando el agente regresa me entrega mi permiso de conducir y una sanción que dice que infrinjo el art. 94.2 del R.G.CIR. YO "no había estacionado mi vehículo, solo lo detuve para recojer a mi mujer" . Me puede haber inducido el agente a cometer la falta que me imputa al hacerme estacionar para denunciarme por ese hecho?