Hola a todos.Necesitaria consejo ,el caso es que en un garaje adyacente a la casa he colocado una puerta basculante con su respectivo permiso de obras ,aun que en el se especificaba que no se podia invadir la via publica ,la puerta la invade 45 cm a una altura de 3m hay una acera de 2 metros de ancha .Cuando la compre pregunte por esto al vendedor /taller y el me dijo que sin ningun tipo de problemas que habian colocado muchas de ese tipo y nunca a habia pasado nada .entoces la coloquemos .pero hoy al venir el tecnico municipal por otras obras que estoy aciendo a visto la puerta y se a pusto a decirme que no esta permitida, (siendo que en mi calle hay 6 puerrta mas que salen mas trozo a la calle y mas bajo)y que la tendre que retirar y cambiar por otra con lo que ello conlleva perder el dinero y el trabajo .Ha dicho que me lo comunicaria por un escrito . Estoy asustado por que no puedo permitirme ese desembolso y no se donde agarrarme ni lo que hacer ,Gracias por leerme saludos
De entrada, el hecho de que el Ayuntamiento haya tolerado hasta la fecha la colocación de estas puertas no constituye en sí mismo un argumento a aducir a efectos de su defensa, ya que no cabe invocar el principio de igualdad en situaciones disconformes a Derecho -tal como ha señalado el Tribunal Supremo-.
Por otro lado, a efectos de constatar si efectivamente se ha cometido una infracción urbanística, así como el alcance de la misma, he consultado el Plan General de Ordenación Urbana.
Pues bien, en principio parece que el régimen de la edificación que prevé el Plan General impide la colocación de la puerta a la que alude y, en concreto, a los preceptos siguientes:
- El artículo 133, que regula las condiciones de conservación del medio ambiente urbano señala en su apartado sexto que "quedan prohibidas la colocación de puertas o elementos de apertura que invadan la vía pública".
- El artículo 149 señala en su apartado séptimo que "las puertas de la fachada (acceso, garajes, etc.) no invadirán el espacio público en su apertura.+
En cualquier caso, parece aconsejable esperar a la notificación del acuerdo de incoación del expediente, a efectos de conocer la fundamentación jurídica municipal.
Finalmente, no creo que pudiera prosperar una posible reclamación al vendedor por la información facilitada dado que se limitó a indicarle que otros vecinos habían colocado puertas similares y que el Ayuntamiento nunca había actuado, lo cual es cierto.