Hola,
Hace un mes mis vecinos me han "amenazado"con denunciar una construccion ilegal que tengo en mi casa (ampliacion que no cumple con la modificacion controlada del plan de ordenacion urbanistica de 1997) pero entiendo que al haber pasado mas de 4 años la denuncia no implicaria multa ni demolicion de la obra,pero
1.podrian obligarme a pagar el ibi que me ahorrado estos años? Aplicaria a los 4 ultimos años?
2.por otro lado, me podrian obligar a legalizar/formalizar la edificacion ilegal? Como se haria? En caso se ser asi, que % del valor de lo pagado por ficha obra aplicaria?
Tal y como explicas, en caso de que el ayuntamiento abra un expediente a una obra ilegal ya prescrita habrá requerimiento de legalización por parte del ayuntamiento, pero si la obra es ilegal y no cumple la normativa urbanística ¿cómo es posible que se "legalice"?. Y si no se puede "legalizar" ¿el ayuntamiento la demolerá?.
Gracias.
Ante a una denuncia de infracción urbanística de particulares, los ayuntamientos deben iniciar cuantas actuaciones preventivas sean necesarias para comprobar la certeza de la ilegalidad del acto denunciado y la posibilidad de legalización, en su caso. No es suficiente con que el denunciante considere que una determinada obra incumple el planeamiento, el ayuntamiento tiene la obligación de cerciorarse de ello y actuar en consecuencia.
Es evidente que si de aquella investigación el ayuntamiento deduce que las obras son manifiestamente incompatibles con la ordenación urbanística, se verá obligado a instruir un procedimiento de reposición de la realidad física alterada al que se le dará audiencia al interesado para que pueda alegar lo que mas convenga a sus intereses. Fundamentalmente, estas alegaciones deberán fundarse en demostrar que ha expirado el plazo que la ley otorga al ayuntamiento para iniciar este procedimiento, si quiere evitar la demolición.
Pero puede darse la circunstancia de que fruto de la investigación el ayuntamiento deduzca, que obstante ser ilegales por haberse ejecutado sin licencia son susceptibles de legalización por ser conformes con el planeamiento. Si es esa la situación, se requiere al interesado a que inste la legalización, solicitando licencia para el proyecto aportado en la solicitud.
De ahí mi comentario “dependerá de la voluntad municipal de incoar expediente y de lo que se deduzca del mismo”.
Entiendo que en el caso de que el ayuntamiento confirme que las obras no cumplen la normativa urbanística todo se quedará como está porque han pasado más de 4 años.
¿Se puede denunciar en el juzgado? No entiendo cómo alguien que construye sin licencia y sabiendo que incumple la normativa no se le pueda hacer nada.
No se demolerá o quedará en fuera de ordenación las obras ilegales en su caso, sólo si se diera el supuesto de que el interesado consiguiera demostrar, fehacientemente, que el plazo legal para reaccionar contra el acto iiícito plasmándolo en la iniciación del expediente de reposición de la legalidad urbanística, había caducado.
Por supuesto, que son denunciables los supuestos en los que la administración no actúa aún siendo conocedora de la comisión de actos ilegales, pero para que surta efectos una denuncia de estas características el demandante estará obligado a demostrar el conocimiento de los hechos.