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Denuncia o querella.

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26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
18/03/2008 20:27
Gracias de nuevo.

Pero la querella ¿conlleva pago de fianza? ¿qué montante puede ser?

Saludos.

adriano
18/03/2008 20:19
En realidad, la querella y la denuncia en la práctica no se diferencian en nada, dado que, una vez planteada la denuncia, en cualquier momento uno puede personarse como acusación particular y ejercitarla.

Por tanto, lo único que sirva es para centrar la instrucción en casos complejos y solicitar actividad probatoria desde el principio, como puede ser recabar informes a inspecciones o cualquier otra información de interés.

Saludos.
18/03/2008 16:41
Muchas gracias compañero, lo tengo muy claro.

Miraré también algunos libros al respecto para buscar más diferencias, como tu puntualiza.

Saludos.

Adriano
18/03/2008 15:35
La denuncia es gratis, es una declaración de conocimiento, tu pones en conocimiento de la autoridad judicial (a traves de la policia, directamente en el juzgado, o en la fiscalia) unos hechos que revisten caracter de infracción penal pública o semi publica.

A partir de ese momento la maquinaria judicial se pone en funcioamiento (o debiera) y tu no eres parte en el procedimiento, por lo menos en sentido estricto, eres victima o perjudicado per no eres parte.

La querella, es necesario abogado y procurador, y en algunos casos el juez te puede pedir fianza para interponerla, es una declaración de conocimiento igual que la denuncia (ademas tambien para delitos privados) y ademas es una declaración de voluntad de formar parte en el proceso como acusación particular.

Tanto la querella como la denuncia se archivará si el juez no ve indicios de infracción penal, lo que pasa, y por eso igual te han dicho que la querella nunca se archiva, es que como tu presentas el escrito de acusación no dependes del escrito del fiscal y en cierta medida "garantizas" que se tenga en cuenta tu punto de vista.

Pero por ejemplo (un caso absurdo) si te querellas porque tu vecino a pintado su salón de verde fluorescente, y lo consideras un deltio contra el orden público, da igual que te querelles o lo denuncies, se va a archivar.



Pero las diferencias son grandes, debes de leer sobre ello pues hay abundamentes diferencias y eso en materia penal, ya en otros ordenes jurisdiccionales la querella varia mucho y no es posible la denuncia.
18/03/2008 09:09
Hola amigo.

Gracias por tu respuesta, pero, la querella cuesta dinero, ¿quiere decir eso que hay que pagar en el Juzgado cuando se interpone? Para poner una denuncia o querella ¿senecesita en ese mismo momento abogado? ¿O basta con la firma del denunciante o querellante? Explícamelo brevemente, por favor.

Me han dicho que la denuncia la puede archivar el Juez sin más mientras la querella tiene que tramitarla por fuerza, ¿cierto?

Muchas gracias.

Saludos.

Adriano
18/03/2008 00:48
Joder, pues anda que no hay pocas diferncias

La principal, la denuncia es gratis, y la querella a soltar pasta.

La denuncia se puede interponer en delitos públicos y semipublicos.

La querella siempre.

Pero si te cojes un libro de dercho te lo explicara bastante bien.
Denuncia o querella.
17/03/2008 18:57
Hola amigos.

¿Qué diferencia existe entre denuncia y querella? ¿Cuándo procede interponer una u otra acción?

¿Hay diferencias judicial y económicamente?

Saludos.

Adriano