¿ Se puede demandar a una sociedad que ha presentado suspensión de pagos a trámite del juzgado correspondiente, habiendo sido admitida la presentación ?
He leído que no se puede embargar bien alguno en esta situación, por lo que si se niega a pagar, nada se puede hacer mientras no se resuelva esta suspensión de pagos.
En primer lugar, el término denuncia civil no está bien empleado. Usted puede denunciar delitos y en el ámbito penal es donde se interponen las denuncias o en su caso querellas.
Por otro lado, al ser bastantes los afectados y el causante de su perjuicio una solo, Eurobank, lo aconsejable sería que todos los afectados se unan en un litisconsorcio y así irian todos a la vez contra Eurobank. Como esto es muy dificil, dada las circunstancias, lo mejor que puede hacer es ir a un abogado e interponer una demanda en la que solicite la devolución de su dinero. Y para demandar es necesario la intervencion de abogado.
Soy un perjudicado por la suspensión de pagos de Eurobank del Mediterraneo.
¿ Quien puede decirme los recursos índividuales que están en mi mano para intentar recuperar mi dinero ?