No es necesaria la acumulación de expedientes para obtener una copia del informe técnico de la apertura del bar. Simplemente por ser propietario de una vivienda o local en el edificio, se tiene derecho.
Por otro lado, en cualquier documento administrativo (y el informe técnico lo es), debe constar el título del cargo del que firma y su nombre completo. Esto es obligatorio en derecho administrativo, aunque algunos lo omiten. Y el que omite es poerque algo esconde.
Hola Veo, bueno te comento que el expediente de la licencia según la Policía Local es de 2004, y es de una licencia de café bar de 4ª categoría, para ese tipo de licencia, anacrónica por cierto, no es necesario comisiones ni plenos puesto que no es una actividad molesta e insalubre, sí lo es si fuera necesaria adecuación de local porque la actividad emitiera humos, ruidos etc...como es una actividad de hostelería, un bar como todos los conocemos, con sus raciones y demás. Es un reducto que queda en la norma de las antigüas tascas que había sobre todo en Andalucía, en las que no se cocinaba y que era algo así como un puesto de pipas. Quiero decir que el motivo de que esta persona solicitara este tipo de licencia y no otra indica que está asesorado por detrás por alguien que le indica de qué forma puede saltarse la norma y evitar el trámite oportuno que implica la adecuación de un local (proyecto con el rigor oportuno, información pública a la vecindad...una serie de informes, inspecciones y tal y después de todo la aprobación por comisiones y/o plenos)
En cuanto al que sea un papel de amigo, pues bueno, no creo, el trámite de audiencia que llegó a mis padres con copia del informe emitido por la Policía Local y por los Servicios Técnicos Municipales, es decir, por el Ingeniero Técnico Municipal tiene su número de expediente, su número de Registro General de Salida, sellos y membrete así como la firma del Secretario General del Ayuntamiento que es quien traslada dicho trámite de audiencia, paso previo a dictar resolución, cuando se entiende que alguno de esos informes es negativo para la parte a la que se envía.
Tengo 10 días para responder y el plazo termina pronto.
creo que está claro, y que el ingeniero se la está jugando con eso que, sin duda, es una huida hacia adelante, un auténtico farol
es posible que la posibilidad de anular la licencia haya prescrito, lo que en ningún caso permite las molestias, y por eso insisto en que convendría comprobar las actas municipales (comisiones y/o plenos) para ver si efectivamente se concedió esa licencia, porque no vaya a ser un papel "de amigo" hecho hace unas semanas
Perdonad que ponga tantos mensajes pero no sé editar en estos foros.
Cuando interpusimos la denuncia fue en 2009, por tanto no habían transcurrido los 5 años que según tengo entendido deben pasar para que determinados actos prescriban, así que me temo que el tal Ingeniero (no pone su nombre) habrá optado como mejor defensa un buen ataque, por eso quería informarme si pueden tener base sus pretensiones o bien sea un farol para que nos echemos atraás con la denuncia.
No ha prescrito porque pusimos la denuncia antes de los 5 años pero...es que ni siguiera sabíamos que tenía licencia osea que...
P.D: me refiero al informe en el que se autorizaba la concesión de licencia de café bar de 4ª categoría. Por si no lo sabéis, este método es "usado" para evitar la adaptación de local y el procedimiento consiguiente, porque se supone que con esa licencia pueden poco más que poner una coca cola encima de la barra y unas avellanas, nada de cocinar ni de humos, a lo sumo un café de máquina.
En primer lugar, muchas gracias a ambos por contestar.
Envié un email a un organismo autonómico y me indicó amablemente lo siguiente:
"En principio, un P.G.O.U. no debe tener un carácter retroactivo ya que la edificación que corresponda debe atenerse a la normativa vigente en el momento de su construcción. Sin embargo, si se realizasen obras en el edificio estas sí deberán ajustarse a lo que indique la normativa en vigor en el momento de su ejecución."
En el caso de la extracción de humos no se ha hecho ninguna modificación en los bloques de viviendas, tienen salida atmosférica desde hace 40 años, los mismos que lleva construida y no ha habido quejas ni denuncias, lo digo porque en el PGOU nuevo que está en fase de aprobación inicial hace mención a ello.
He estado consultando el nuevo PGOU que según dice recoge la normativa vigente pero mañana me pasaré por el archivo para consultar el actual que data del año 1996 para ver si más o menos dice lo mismo, en tal caso el técnico, basándose en un informe de la Policia Local que visitó el bar en cuestión y diciendo que las cocinas de las distintas viviendas y el bar estan en la misma situación se ha columpiado.
Voy a pedir la acumulación de expedientes porque una vez que lo hagan, según la ley de prodecimiento administrativo estoy en mi derecho de obtener una copia del expediente y así tendré en mi poder el informe del Ingeniero Técnico amiguete del susodicho.
En cualquier caso, los propietarios de vivienda podrán oponerse a que el propietario del bar, suba un tubo de su cocina por la fechada del patio que es un elemento comun y para lo que se necesita unanimidad.
Con respecto a las viviendas, mientras el Ayuntamiento no haga una notificación personal por escrito a cada propietario, ni caso.
yo soy arquitecto, por lo que no puedo ayudarte en ciertos aspectos legales, pero no dudo que, en general, las leyes y normas no tienen carácter retroactivo, por lo que supongo no hay que probarlo
es verdad que el Informe del ingeniero parece "de hermano" del titular del bar, pero nada cambia ... porque manifiesta que la salida de humos del bar no se adapta al PGOU, por lo que, sólo en ese aspecto, únicamente queda saber si ese plan general estaba en vigor en 2004 y si todavía se puede pedir la anulación de la licencia (hablo de anular la licencia, de echar la llave y empezar de nuevo, y no de la necesidad de corregir las molestias) ... por lo que convendría comprobar las actas municipales (comisiones y/o plenos) para ver si efectivamente se concedió esa licencia, porque no vaya a ser un papel "de amigo" hecho hace unas semanas
en cualquier caso, las actividades molestas lo son de modo permanente, y no se adquiere el derecho a molestar por prescripción de infracción
tampoco nada cambia que el ingeniero se extralimite y describa las obras que serían necesarias en las viviendas para que las condiciones de ventilación de sus cocinas se adaptasen al PGOU ... porque NO TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ADAPTARSE, y ni siquiera el ingeniero dice que haya que hacerlo, sino que dice que, PARA ADAPTARSE, estas medidas deberán de aplicarse a las salidas de humos de las cocinas de las distintas viviendas
el ingeniero no firmó la licencia del bar, sino que, si es el caso, firmó un informe técnico favorable a la concesión de la licencia
también puede pedirse ese informe y, de ser favorable, actuar legalmente contra el técnico firmante
Denuncia bar, requerimiento del servicio técnico para algo increible.
Mis padres son personas mayores y dependientes y con bajos recursos que tienen en la parte baja del edificio un bar que molesta hasta lo inimaginable por varias causas, pero lo que me lleva a este foro es lo siguiente.
Hartos de la situación denunciamos que el citado bar no tenía licencia y que además el local no estaba adaptado correctamente puesto que no tiene extracción de humos ni nada parecido, sólo una ventana que da a la parte donde estan las ventanas de las cocinas del bloque (justo al lado están los dormitorios), dan a una fachada, no estamos hablando de un patio interior. La policía local se personó en el local y según nos dijeron tenía licencia de "café-bar de 4ª categoría de 2004" y que la ventana del citado bar estaba en la misma condición que el resto de ventanas de cocinas del bloque. Luego se nos ha enviado el trámite de audiencia con el escrito del ingeniero indicando que "la salida de humos no cumple con el P.G.O.U. y que para adaptarse a él, deberá discurrir por la fachada, sin ser visible (recubirto de fábrica) hasta un metro por encima de la cubierta más alta situada a una distancia no inferior a ocho metros. El conducto deberá ser provisto de aislamiento y revestimiento suficientes para evitar la radiación de calor y fugas de humos y olores, todo ello según el art. 148 del P.G.O.U. Estas medidas deberán aplicarse a las salidas de humos de las cocinas de las distintas viviendas, ya que se encuentran en la misma situación que la del bar denunciado"
Desde mi punto de vista no están en la misma situación, no entiendo mucho del tema pero por lógica no creo que la citada norma tenga carácter retroactivo en viviendas de hace 40 años porque sino tendrían que adaptarse las viviendas de media ciudad y por otra parte no se puede comparar lo que es habitar una vivienda que en su momento cumplió con la normativa vigente entonces a un bar al que se dotó de una licencia de 4ª intuyo que para evitar el trámite requerido según el reglamento de actividad molestas e insalubres que no sé si tenga vigencia actual (me refiero no solo a los aspectos técnicos sino legales, presentación de proyecto con sus tramites oportunos, información pública etc...). Al margen de la actividad que se desarrollan en ambos, una de habitabilidad y otra de hostelería especialmente molesta, en un caso hablamos de viviendas de 40 años y en otro de una licencia mal otorgada en el 2004
Por favor, pueden indicarme si el P.G.O.U vigente tiene carácter retroactivo? puede obligarse a una comunidad de vecinos de un edificio construido hace 40 años a hacer la anterior adaptación sin que haya habido molestias ni denuncias previas entorno a este tema en los 100 vecinos que constituyen la comunidad? Dónde puedo tener acceso a esa normativa? lo digo porque no consigo encontrarla por internet, únicamente encuentro un PGOU que está en fase de "aprobación inicial" pero no sé si tiene vigencia y/o aplícación.
P.D: me parece que el ingeniero técnico es el mismo que firmo la licencia de café bar de 4ª categoría, lo que supone claramente intentar saltarse la ley que obliga a la adaptación de local y tal, se de buena tinta que este técnico conoce a las personas del bar.
Voy a pedir una acumulación de expedientes por si pasado este trámite de audiencia, la resolución fuera desfavorable...y mis padres se planteen seguir adelante judicialmente o no.