Lo siento si os parecen ofensivos mis comentarios pero de igual manera que a vosotros a los españoles también les suceden situaciones similares, en la sección de familia o de derecho penal lo podéis verificar. Ahora bien, que ellos sean españoles el Estado no puede privarles de ello y por tanto de sus derechos al trabajo o expulsarles, pero nosotros (ojo, yo tmb soy extranjera y extracomunitaria) que no somos españoles ya tenemos estos privilegios en nuestro país (es decir, en nuestro país nosotros tenemos un derecho ilimitado de trabajar y sin necesidad de cumplir requisito alguno y nadie ahí nos podría expulsar del territorio).
Aquí sin embargo, España a los extranjeros hace un beneficio, nos concede la posibilidad de vivir (aunque no seamos sus nacionales), trabajar e incluso convertirse en ciudadanos suyos.....pero ojo, no a cualquier precio, sino para ello sí que hay que cumplir requisitos...y uno de ellos es tener una buena conducta cívica....
Entiendo que da mucha rabia cuando por culpa de alguna persona usted injustamente se ve envuelto en un procedimiento judicial y de ahí obtiene unos antecedentes, pero..... qué culpa de ello tienen los funcionarios o las leyes españolas?
pues si amigo en españa asi funcciona la ley de extrangeria,realmente descriminatoria.unos pueden trabajar y otros porque son inmigrantes tienen que pagar las consecuencias de estas leyes que dejan mucho que desear....¡
un pocho mas-como mi denegado tarjeta de residencia i trabajo,ahora que-no poedo trabajar pero tienio trabajo,no tengo derecho a paro ni nada pero no me voy ir desde qui-solo porque tengo hija qui-se no tengo seguro que no me vas encontrar en este foro-tampocho en espana-hay muchio pero muchio paeses europeos mejor.ejemplo-qui trabajo como chofer de camion internacional por 1.600 euros-en otros paeses mismo trabajo 2500-3000 euros.qui solamente que crisis esta montado i empresarios que aprovechia esta palabra.nada mas-saludos
hola a todos qui-LILIA aver que mi vas contestar ahora i donde me vas mandar para quejarme-yo extracomunitario,pareja espanola,tienemos hija en comun.hija de 3 anos,edad.2 anos antes habia 1 discusion entre nosotros.como es espanola i sabe que tiene hacer me denunciada.era juzgado 25.01.2010.me condenado con 60.euros(pagado) i 31 dias de trabajos en benificio de la comunidad.al dia de juzgado quando me condenado yo preguntado ahi donde tengo trabajar i quando-ellos en juzgado mi contesta-NO TE PROCUPES.TE VAMOS LLAMAR I AVISAR.EN TODAS MANERAS COMO ES 1 CONDENA QUE PASA 30 DIAS DE TRABAJO TIENES 1 PLAZO DE 5 ANOS PARA CUMPLIR.vale.en novembre tienio que renovar mi tarjeta de residencia y trabayo-respuesta en enero de ministerio de extranjeria diche-RESUELVO-DENEGAR ( a mi) 2.RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA AJENA por constar antecedentes penales en espana por la comision de hechos delictivos cuya entidad "violencia de genero" supone especial alarma social.cosas claras-tienio trabajo,todo en orden,i manana me voy poner loco i me voy en juzgado penal nr.2 en lleida i pedir 1 plato de comida,i me voy hacer mismo cada dia hasta que mi devolve mi trabajo porque nunca en mi vida tienio problema con ley.entonzes hecio recurso de alzada i tengo esperar.hasta quando no lose.pero quiero decir-NO HECIO NADA-me condenado pero durante 1 ano no me llamado nadie para cumplir estos 31 dia de trabajo benificio.en resto de europa en todas partes tengo amigos i familia pero en ningun sitio no depende antecedentes penales para renovar su tarjeta de residencia i trabajo.a parte que tengo 1 hija espanola qui en espana,ministerio de extraneria que sta haciendo?utilisa extranjeros para experimentos.pero es cosa clara se 1 espanol tiene problema-poede sobrevivir i trabajar-nosotros que????aver LILIA donde me vas mandar como experta de extranjeria.muchias gracias i saludos cordiales a todos en este foro.conde eres rey!!!!
gracias por los animos,los penales caducaran dentro de dos años y mientras tanto que se sopone que tiene que hacer el perjudicado..ir a delinquir?alli esta el quit de la question..¡
Tiene que tener en cuenta que el problema principal no es la denegación de residencia (pues aqui es casi automático, si hay antecedentes, no hay residencia legal) si no los antecedentes penales que supongo que provienen de un juicio en el que usted ha tenido oportunidad de defenderse pero a pesar de ello el juez consideró que existen motivos suficientes para sentenciarlo culpable....
Sea lo que sea, ánimos, que los antecedentes caducan y podrá regularizar su situación.
si lo entendi bien y te dire que si delinque es por una denuncia falsa y mala upinion tienes de los inmigrantes porque yo no me concedero dilincuente...¡
Creo que no entendió bien lo que decía Condedecartajena..... y si no quiere vivir en un pais que le niega su estancia legal por antecedentes penales, es fácil: no delinque.....no?
hola lilia.te contesto,no se trata de huir a otro pais porque en este tenemos entereses,viviendas/trabajo quien lo tiene/sobre todo los hijos que no queremos que crezcan en un pais que viola sus derechos y asi crecer sentienduce ellos mas inferiores.sr condedecartagena todo lo que dice tiene razon pero no son solamente los cuatro funccionarios que no saben desempeñar sus trabajos,son los mismos que hacen las leyes,hay muchos a lo mejor miles que no pueden renovar sus resedencias por antecedentes penales,sin el nie no podemos trabajar y mantener nuestra familia y hacer frente a los pagos cumunes de cada familia,nos quitan el derecho al paro que estuvo uno cotizando como cualquier otro ciudadano español por la denegacion renovacion nie.aun español con los mismos penales siguen trabajando y teniendo el derecho al subsidio,etc...donde esta el derecho de igualdad de oportunidades.esta ley esta hecha claramente a medida y en contra de los inmigrante que igual que un español comete un error en su vida pero lo paga con su derecho al trabajo y poder salir adelante,se ve claramente que hay muchas diferencias,igual yo que estuve viviendo en francia muchos años estoy equivocado con lo de igualdad...abur.
Puf....la de cosas que se han dicho por aqui.....Si considerais que España es uno de los paises más racistas de Europa, os invito a tratar de establacerse en otros que, ojo, soy exranjera y con experiencia en migración.
Hola. Lo del racismo, es algo sobre lo que prefiero no opinar en un foro como este, si lo hay, que quede en la conciencia de cada quien. En mi caso, experiencias racistas no he tenido y por el contrario, siempre he sido muy bien tratado (y eso que, aspecto europeo propiamente, no tengo, aunque tampoco me tienen por ecuatoriano, dado que, según ellos, "soy demasiado alto y no tengo el aspecto físico característico" pues a decir de muchos, parezco más de la India o de Pakistán, algo que más me causa gracia y origina una sonrisa socarrona, que molestarme). En lo que quizás haya tenido divergencias, ha sido por otros motivos, fundamentalmente, por una cuestión de mentalidad o valores, pero eso siempre he procurado manejarlo dentro del marco del respeto personal y la diplomacia debida, ya que uno no puede ponerse al mismo nivel de quien, evidentemente, se deja guiar por sus pasiones y no tiene respuesta racional o reflexiva sobre algo. Es decir, creo que en todo caso, se debe mantener siempre la compostura propia de gente bien educada y no caer en discusiones de tipo barriobajero.
Con las leyes en las manos, demostrando que se las conoce, pero a la vez respetando el trabajo de los funcionarios, sabiendo pedir las cosas y a quién solicitárselas, guardando las formas y la compostura debidas, las cosas siempre fluyen. Yo he tenido experiencias molestosas con la Administración, me han extraviado documentos que retrasaron considerablemente mi propio trámite de renovación de permiso de residencia en determinado momento ... pero supe siempre que la culpa no era de la persona que me atiende circunstancialmente y no puedo reclamarle airadamente a esa persona en concreto, negociando diplomáticamente, conseguí de una funcionaria letrada, licenciada en Derecho, el compromiso de monitorear mi caso y cuando se descubrió, en efecto, el extravío, me llamó por teléfono a mi móvil y nos volvimos a reunir: llegamos a un acuerdo, ya que a mí no me interesaba pelear con la Administración, sino que se resolviera pronto mi expediente: yo aportaría nuevamente los documentos extraviados, se comprometían a resolverlo pronto en la medida de sus posibilidades y me darían las facilidades para que exigiera, si lo deseaba, la indemnización correspondiente, pues la letrada había comprobado y le constaba el extravío, no solo de mis documentos, sino de varios y estaban recibiendo quejas al respecto y llamados de atención, incluso, desde Madrid (que para ellos ya es bastante incordiante que les llamen la atención desde Madrid), sin perjuicio de que yo quedaba libre para presentar una queja, si lo consideraba oportuno, ante el Defensor del Pueblo, cosa que, en efecto, hice, así como enviar una nota de queja, en el tono más delicado posible, a la Subdelegada del Gobierno en Barcelona, para protestar por el mal funcionamiento de la Oficina de Extranjeros de Barcelona. Mi expediente se resolvió en un mes, en definitiva, lo que quería, ya lo había conseguido, entonces, no valía la pena ponerme a gastar tiempo, ni energías en discutir con la Administración y despotricar contra ella, a pesar de las muchas falencias que pueda tener, pues no está en mis manos modificarlo, ni mejorarlo.
La Administración General del Estado acepta sugerencias de los particulares si se las envía por correo electrónico o correo postal. Tardan en responder, pero responden y si se hace una propuesta que les parece razonable, al menos, lo consideran.
El asunto está en que no se le puede pedir a quien es solo un funcionario de atención al público, que cumple unas tareas específicas, que de razón de todo el funcionamiento, bueno o malo, de todo el sistema, porque esa persona solo obedece órdenes superiores. Si se tiene quejas, hay que dirigirlas a quien tiene potestad para conocerlas y resolver sobre ellas. Yo he tratado con funcionarios muy educados, que incluso me han reconocido que están desbordados y que eso altera los ánimos, también que hay quienes saben desconectar los problemas personales del trabajo, pero hay quienes no tienen esa capacidad y son los que terminan tratando mal a la gente (y esto pasa con los propios españoles, no se piense que solo es en las Oficinas de Extranjeros).
Perdona que sólo he leído fragmentos de tus larguísimos textos, pero sólo te digo una cosa: ESPAÑA ES EL PAIS MAS RASCISTA DE EUROPA. Y ello conlleva a muchas cosas más, como las ramas de un árbol.
Ok, en España el índice de inmigración es más que en otros países por el idioma quizá, pero ya no es tanto cuestión de leyes o normas internacionales, sinó de concientización de ser con los demás como quisiéramos que sean con nosotros. Y ello escapa a la educación, formación, costumbres, etc. La mayoría de la gente reniega del inmigrante si es supeior en algún aspecto y si es delincuente, tachan a los demás de igual a esos. Si uno les corrige o muestra su descontento en una Of. donde la borócrta no sabe tratar, no contesta el saludo, malinforma, no acepta una crítica constructiva y menos una corrección sobre la burrada que dice o la función que exige cumplir su puesto de trabajo...llama a seguridad o nos invita a largarnos de la peor manera y luego comenta a su colega (otra de orejas enormes) que quién es ese extranjerito o... para venir a decirme a mi o que tengo que hacer, etc. A nivel general, ok, hay tratados internacionales y demás que España está olbigado a respetar, pero individualmente, muy pero muy pocos lo toman en cuenta y lo llevan a efecto. TRABAJAN COMO LES DA LA GANA, CUANDO EXISTIMOS MILES DE PERSONAS EXTRANJERAS O NO QUE SI TENEMOS VOCACION DE SERVICIO PORQUE ESO ES SER FUNCIONARIO DEL ESTADO - SERVIR - Y estas con EGB, ESO o cursillos on line, de ello no tienen idea.
Por otro lado, en otras materias, no directamente vinculadas a la materia de Extranjería, pero sí relacionadas con el fenómeno de la inmigración y la prestación transnacional de servicios, España ha celebrado varios convenios internacionales sobre diversas materias con varios países, de los cuales se pueden ver beneficiadas las personas nacionales de esos Estados, por ejemplo, tenemos convenios sobre Seguridad Social, convenios para el canje de permisos de conducir (que para cualquier extranjero que se beneficie le significa un enorme ahorro de tiempo y dinero), convenios para evitar la doble imposición internacional, convenios en materia educativa y de cooperación científica y cultural, convenios de regulación de flujos migratorios, convenios de cooperación judicial internacional, convenios de cooperación antinarcóticos, convenios para el cumplimiento de condenas en el país de origen del reo (si bien muchos de estos exigen que el reo cumpla una parte de la condena en el país que lo sentenció) y una serie de convenios en materia comercial.
Además, en materia educativa, la educación es gratuita y el acceso a la universidad está garantizado para quien aprueba la Selectividad; quien realiza con aprovechamiento los estudios universitarios, se beneficia de becas, tanto de estudio como de investigación y las matrículas en las universidades públicas suelen estar subvencionadas, de modo que lo que pagan los estudiantes es apenas una parte del coste real de la matrícula, el resto, lo asume el Estado. Y aquí se licencian, obtienen másteres y doctorados tanto españoles como extranjeros y de los extranjeros, tanto los que han venido expresamente a estudiar y luego han vuelto a sus países, como los que en su día fueron traídos por sus padres y han vivido aquí toda la vida y se han formado aquí. En la universidad, lo que menos importa es la nacionalidad de las personas, yo he tenido compañeros que han cursado carreras y se han licenciado aun estando irregulares y jamás les negaron matrícula, ni se fijaron en ello para no permitirles rendir exámenes, ni obtener las titulaciones.
Por otro lado, las tasas se las establece para cubrir el coste económico que supone para la Administración el estudio y resolución de cada expediente; antes se las debía pagar cuando se expedía la resolución favorable, pero desde diciembre de 2009 se debe pagar antes, ya que el solo hecho de presentar una solicitud implica poner en movimiento el aparato administrativo del Estado, que tiene un coste, que antes, cuando se debía pagar solo si se obtenía resolución favorable, no resultaba compensado.
Loa abogados, es lógico que cobren, sino ¿de qué viven? Es una profesión liberal y es perfectamente lícito cobrar, nadie tiene abierto un despacho profesional para brindar servicios gratuitos y cuando los hay, los abogados que trabajan ahí, son remunerados por la fundación, ONG o servicios sociales municipales o autonómicos que los ha establecido y esto, sin contar la asistencia jurídica gratuita que se brinda, por expresa disposición legal, a las personas que no pueden sufragar el coste de la asesoría y asistencia profesional, esto se hace en coordinación con los colegios de abogados. Aparte, hay países cuyos consulados han celebrado convenios de cooperación con diversos colegios de abogados de España, para brindar asesoría jurídica en materia de Extranjería a sus nacionales. Lo inaceptable, en todo caso, es cobrar sumas exorbitantes y abusivas, cobrar y no hacer nada, brindar una mala asesoría o no estudiar a fondo, con la atención y detenimiento que requiere cada caso, para hallar y proponer la solución más adecuada para los intereses y el logro de la pretensión del cliente que contrata los servicios profesionales y agotar todos los medios y recursos existentes en la legislación, así como tampoco es aceptable ofrecer falsas esperanzas cuando, de entrada, resulta evidente que ya no hay nada que hacer en el asunto. En todo caso, sea un cliente que pague, como un cliente a quien se atienda por cortesía o por haber sido remitido por servicios sociales o asistencia jurídica gratuita (por quienes paga quien los envía), todos merecen la misma atención, prolijidad y diligencia en el estudio y tramitación de su caso, esto dice mucho de la profesionalidad, seriedad y compromiso del abogado o de la firma para la que presta sus servicios.
Luego, las leyes son iguales para todos, españoles o extranjeros. Las leyes penales y de policía obligan y se aplican a todas las personas que se encuentren en España, independientemente de su nacionalidad (excepto, claro, los casos de inmunidad de jurisdicción), de modo que no se puede decir que a un extranjero que se conduce bajo los efectos del alcohol se le va a dar una sanción mayor o menor que a un español por el hecho de ser extranjero, pues le corresponde la sanción que expresamente se señala en la Ley. Y lo propio para las infracciones administrativas contempladas en la Ley de Protección y Seguridad Ciudadana, las establecidas en la Ley de Extranjería, en las leyes tributarias, en la normativa de Seguridad Social y ya a nivel local, en lo que dispongan las ordenanzas municipales (y en este sentido, por ejemplo, quien tira basura a la calle, hace ruido que molesta a los vecinos o hace sus necesidades en la vía pública, merece la misma sanción, independientemente de si es español o extranjero). Además, está garantizada, constitucionalmente, la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales, así como la asistencia jurídica gratuita, en las condiciones que fije la Ley.
Por otro lado, quien crea que sus derechos han sido o están siendo vulnerados, es libre para dirigir quejas al Defensor del Pueblo directamente (www.defensordelpueblo.es) o si vive en una comunidad autónoma con una institución autonómica análoga, que ejerce competencias en el ámbito autonómico, por su intermedio, remitirle la queja al Defensor del Pueblo (en Cataluña tenemos el Síndic de Greuges de Catalunya, si bien su ámbito de actuación está limitado a la Administración autonómica y local de Cataluña, pero puede recibir quejas contra la Administración Periférica del Estado en Cataluña, instruir el expediente y remitírselo al Defensor del Pueblo, a Madrid). Y puede hacerlo cualquier persona, española o extranjera, si es extranjera, sea comuniataria o extracomunitaria y si es extracomunitaria, sea que esté en situación regular o irregular. El Defensor del Pueblo está para velar por los derechos de las personas (aunque tiene, también, límites a su actuación, según en qué casos, así como tampoco de puede perder de vista que presentar una queja ante el Defensor del Pueblo no constituye, bajo ningún concepto, causa para interrumpir plazos, ni para revocar o dejar sin efecto un acto administrativo). Además, si un particular, independientemente de su nacionalidad, ha sido perjudicado por el funcionamiento normal o anormal de la Administración y siempre que no esté jurídicamente obligado a soportarlo, puede solicitar la correspondiente indemnización de perjuicios a la Administración, pero los perjuicios deben ser reales y cuantificables en dinero, no basta con una sensación subjetiva de haber sido perjudicado.
Las normativa de Extranjería española se ha visto obligada a evolucionar a la par de las obligaciones contraídas por España en el marco de su adhesión a la Unión Europea y de los actos normativos emanados de las instituciones de la Unión Europea, que resultan vinculantes para los Estados miembros.
Sería injusto, por tanto, dirigir invectivas contra la normativa española, sin tener en cuenta las motivaciones que han conducido a que tenga la redacción actual. Y también sería injusto no tener en cuenta que, históricamente, la normativa de Extranjería española fue especialmente generosa con los extranjeros procedentes de Iberoamérica, si bien esto debió cambiarse en virtud de los compromisos adquiridos desde la adhesión a la Unión Europea, que llevaron a verse en la necesidad de revisar varios tratados de doble nacionalidad y demás afines con países históricamente vinculados con España, en los que se establecían condiciones bastante ventajosas para el establecimiento en el territorio del otro Estado y el acceso a la realización de actividades lucrativas. Con todo, se continúa conservando la exigencia de apenas dos años de residencia para que puedan solicitar la nacionalidad española por residencia las personas originarias de países con peculiar vinculación histórica con España y no se les exige, como a la generalidad de los casos, renunciar a su nacionalidad de origen, que pueden mantener.
Por otro lado, España garantiza a los extranjeros el respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas reconocidas en la Constitución, en los términos fijados por las leyes. Y forma parte del ordenamiento jurídico español toda la normativa internacional en materia de Derechos Humanos, así como la Carta de Derechos Humanos de la Unión Europea.
Por otro lado, ha habido avances importantes en el acceso de los extranjeros residentes a la participación política en las elecciones municipales, único tipo de proceso electoral abierto, en general, a todos los extranjeros residentes siempre y cuando haya reciprocidad de parte de sus países de origen y se celebre oportunamente el correspondiente tratado o acuerdo internacional. En este sentido, España, durante la gestión del ex ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, negoció y concluyó varios acuerdos, fundamentalmente, con países iberoamericanos y algunos africanos, de Oceanía y con Noruega (que no es miembro de la Unión Europea y por eso no se benefician directamente del derecho al voto en las municipales), para permitir el acceso de sus nacionales al sufragio en las elecciones municipales, pues a la vez esos países también ya permiten el voto en las municipales a los extranjeros (sobre todo, los países iberoamericanos, cuyas legislaciones en este sentido tradicionalmente no permitieron el voto a los extranjeros, situación que fue cambiando progresivamente). Yo mismo, soy de Ecuador, recibí la comunicación de la Oficina del Censo Electoral y manifesté mi voluntad de sufragar en las próximas elecciones municipales españolas. De modo que, en este sentido, se ha realizado esfuerzos para que las personas que ya llevan un tiempo en España puedan también intervenir, en la medida de lo posible, en asuntos públicos.
Por otro lado, en lo atinente a la residencia, simplemente destacar que, cuando esta es temporal, por regla general, va unida a la disponibilidad de recursos económicos para sufragar su subsistencia, bien sea trabajo por cuenta ajena, cuenta propia o que disponga de recursos económicos propios suficientes. De modo que si no se dispone de un contrato u oferta de trabajo o si no se trabaja por cuenta propia, no es impedimento para renovar, siempre que se acredite que se dispone de otra fuente de ingresos, como por ejemplo, la prestación contributiva de desempleo o que se dispone de recursos propios (ahorros, rentas, dependencia de otra persona, etc.). Lo que debe quedar acreditado, fundamentalmente, es que el extranjero tiene medios de vida y que no hay riesgo de que se convierta en una carga financiera para la asistencia social del Estado y a la vez, debe quedar acreditado que no se tiene antecedentes penales ni policiales.
Cuando ya se adquiere el derecho a residir con carácter permanente, por corresponder la residencia de larga duración, en este caso, ya es indiferente si la persona tiene o no medios de vida actualmente.
Hola. Creo que una cosa es la normativa vigente, que hay que procurar entender de forma íntegra y sistemática, como parte del ordenamiento jurídico de un Estado de Derecho, que a la vez, forma parte de una organización internacional - la Unión Europea- con un grado tal de desarrollo y capacidad orientadora de políticas comunes y de generación normativa condiciona de un modo bastante considerable el desarrollo normativo interno de los Estados miembros en casi todas las materias, así como la aplicación de las normas, tanto por parte de jueces como de órganos de la Administración Pública. Y una de ellas es la Extranjería, porque se encuadra dentro de la llamada Política Exterior y de Seguridad Externa Común, que procura establecer un Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia.
Y otra cosa, muy distinta, es la actitud aislada de ciertos funcionarios, poco profesionales o poco cualificados para ocupar el puesto de trabajo al que los han asignado o la superación de la capacidad productiva de una oficina por saturación; en este sentido, ya se ha podido constatar, por visita de la Defensora del Pueblo, la existencia de personal de información de Extranjería de la Oficina de Extranjeros de Barcelona, que no tiene formación jurídica, algo que debería ser al menos un mínimo exigible para atender a gente que va a hacer, fundamentalmente, consultas jurídicas sobre su situación en España ... y es una cadena, porque si no tienen la cualificación necesaria, informarán mal a los usuarios, que se guiarán por lo que ellos les dicen, confiando en que es un empleado de la Administración y resultará que como no fue informado ni asesorado adecuadamente, su solicitud es denegada, generándose un problema que podría haber sido evitado si el usuario hubiera sido adecuadamente asesorado, como es su derecho. Se ha recomendado tomar medidas correctivas y desde la Delegación del Gobierno en Cataluña, la Subdelegación del Gobierno en la provincia de Barcelona y desde el propio Ministerio de Política Territorial, se ha ofrecido mejorar considerablemente el servicio, poniendo personal más cualificado. Pero, en este punto, no puede perderse de vista el hecho de que la Administración trabaja con los recursos materiales, humanos y económicos de los que dispone y está condicionada por ello ( por poner un ejemplo,si una oficina está programada para atender un promedio de 300 personas y se la dota de medios para ello, pero resulta que van 1000, empezará a funcionar mal, porque la demanda del servicio ha superado a su capacidad de respuesta). A esto, hay que agregarle las consecuencias de los recortes salariales que muchos funcionarios y personal laboral de la Administración Pública ha sufrido desde junio del año pasado, lo que genera un malestar bastante considerable y visible dentro de las oficinas burocráticas, que se une al estrés laboral ordinario y a las preocupaciones ante eventuales llamados de atención y sanciones internas en las que pueden derivar las constantes quejas y reclamaciones de los usuarios. Aparte, hay que considerar que existe personal laboral contratado de forma temporal, que sufre preocupaciones por su inestabilidad y no está lo suficientemente motivado para atender al público como tendría que hacerlo. Estos son otros problemas, otra cara de la medalla, que sucede dentro de las dependencias burocráticas y no siempre visibles para el usuario, que está al otro lado de la mesa o de la ventanilla o del mostrador.
Se trata bien a los imbéciles sumisos que dicen sí a todo, a los imbéciles que se dejan explotar y mandar como peones, a los imbéciles que vienen a trabajar en lo q sea porque tienen familia q mantener, a los imbéciles q agachan la cabeza y tienen complejo de inferioridad. A quienes nos hacemos respetar porque sabemos respetar, nos hacen a un lado, quienes queremos demostrar q somos supeiores intelectualmente porque tenemos carrera universitaria, nos disminuyen porque no permiten q nadie sea superior q ellos, la mayoría de los españoles sólo tiene EGB o la ESO, y a pesar de esas simplezas se sienten supeiores. Un país no es de nadie, es de todos y el suelo no está comprado por nadie y todos somos dignos de habitar donde querramos mientras respetemos las leyes, pero si la ley no se ajusta a la igualdad social y discriminan a los extranjeros q también son humanos, ¿a dónde demonios quieren llegar? REPETA SI QUIERES QUE TE RESPETEN Y EXIGE TUS DERECHOS.
bueno democratico sera para ti que sopongo seras español.yo lo que digo es la indiferencia que muestran las autoridades españolas ala hora de dictar leyes de extranjeria/sentencias/informes....¡ si usted no va a un pais no democratico porque puedes eligir y yo no tengo esa suerte,sobre el respeto de las leyes la respetamos pero no tienes nada que hacer si por cualquier serconstancia de la vida nos cruzamos en sus caminos el castigo para nosotros es mucho mas duro.españa en question de extranjeria deja mucho que desear.no lo digo yo solo lo dicen todos.si no sal a la calle y pregunta veras que cada uno te contara una injusticia diferente.saludos....¡
no te entiendo de verdad. Aqui se trata bien a toda persona que viene a trabajar y respeta la ley. ¿Debemostratar bien a los que no respetan la ley?. Yo creo que no. A mi no se me ocurre marcharme a otro pais con el fin de delinquir y luego protestar. Igualmente y segun tu pensamiento, no se me ocurre marcharme a un pais que no considero democratico. Piensatelo
tu lo has dicho son unos ingnorantes,parece que nos quieran solamente para mantenerlos a base de tasas y gastos en abogados en telefonos/transportes,etc.parece ser que al concedernos una resedencia ya tienen derecho a todo vale.ami me dejaron tirado sin cobrar mi paro porque asi obligan alos inmigrantes a delinquir y que no esten haciendo un cursillo,fp.o buscando trabajo.gracias a dios que yo tengo un familiar que me ayuda y no tengo que delinquir para sobrevivir.en fin aver si estos seniores que alardean que españa es un pais democratico y de igualdad se cayen la boca....¡