Es una circunstancia que, en su caso, estará regulada en la respectiva ordenanza municipal, que no lo creo.
Por tanto, considero que nada impide solicitar licencia para unas obras anteriormente denegada, tantas veces como el solicitante esté dispuesto a pagar las tasas de cada solicitud.
Independientemente de los comentarios realizados, indicar que la pregunta es si se puede solicitar una licencia de obras varias veces a lo largo del tiempo y si esto esta regulado en alguna Ley, Norma, etc,- o por el contrario no lo esta. Gracias.
Una pared medianería, regulada en los artículos 571 a 579 del Código Civil, es la que separa dos propiedades, pertenece a los propietarios de ambas y tiene por finalidad, previo acuerdo de las dos partes, ahorrarse el gasto de tener que realizar un cerramiento propio dentro de su propiedad.
Por el contrario, el lindero es esa línea imaginaria que separa unas propiedades de otras, Es la linea constituyente del límite superficial de las fincas que separa. En consecuencia, la licencia para construir sobre él lindero, que no a partir de él, no puede concederla el ayuntamiento sin el consentimiento expreso del propietario colindante.
El asunto es que yo creo que si cumplo con la normativa y ellos que no y por eso me derivan al Contencioso, pero el plazo venció y de ahi mi consulta en en sentido de ver la posibilidad de solicitar de nuevo la licencia y ver si me la deniegan dando un nuevo plazo para acudir al Contencioso.
Basan su negativa en decir que mi muro de cerramiento de la parcela es un lindero y no una medianería como por normativa tendría que ser para poder autorizarse, y yo discrepo ya que en ausencia de definición en el PGOU de lindero y medianería, tomo como referencia el reflejado en el PGOU de Madrid, que dice que lindero es una línea física o imaginaria que delimita una propiedad con otras y medianería es una construcción vertical sobre el lindero, por lo tanto considero que mi muro es una medianería.
Solicite una licencia de obra y ha sido denegada por motivos que considero erróneos. El caso es que no consideré oportuno en su momento acudir al procedimiento contencioso.
Mi consulta es la siguiente, puedo solicitar de nuevo la licencia, todo ello es con el fin de que si es de nuevo denegada, poder volver a tener plazo para acudir al contencioso. He revisado toda la normativa y no veo que en ningún sitio se indique que no se puede solicitar una licencia varias veces. Gracias. Un saludo