Y tambien tengo un caso parecido.
¿Quereis decir que hasta que no pasen 4 años no se pueden deducir las cantidades invertidas en vivienda habitual? Yo compre un piso en 1997 lo vendi en 2005 y cambie en 2005 a otro piso empadronandome de nuevo en esa ultima fecha, pero yo segui deduciendo la segunda vivienda que se convirtio en vivienda habitual y hasta el momento la AEAT no me ha requerido nada. ¿Hay alguna anomalia en mi caso?
No sé, si te lo han dicho ya: Pide en el ayuntamiento que por la policía local se informe y te certifiquen que en esas fechas ya estabas residiendo en el piso. Normalmente hay unos agentes que son los encargados de hacer esos informes y van por el portal o la zona y se informan con los vecinos. Por ello, una vez solicitado el certificado en el ayuntamiento, es aconsejable que te pases por la policía y lo hables, si es posible, con los que lleven esa zona, para que les expliques de qué va el asunto.
También el cartero, si te estuvo dejando correspondencia ya en esa época es posible que Correos te pueda certificar.
Saludos
si ya lo tengo en manos de un asesor fiscal-abogado. Gracias por lo del notario, lo mas seguro que lo haré. Lo del registro es pq nosotros si que estuvimos empadronados en esa vivienda, pero nos empadronamos a los 4 meses ya que viviamos en la misma localidad, y nos faltan según el padrón 4 meses para haber estado los 3 años en la vivienda, aunque notarialmente estuvimos 3 años y pico. Por eso voy al registro, para demostrar que en esa localidad no tengo mas viviendas en propiedad. Creo que mas no podemos hacer, solo espera que con justicia nos den la razón, aunque el TEAR ya me han dicho que son también inspectores de hacienda, que no pertenecen a la AEAT pero si al ministerio de economio, y tal como están las cosas con la crisis...
Yo te aconsejaría que lo hablaras con un abogado si lo vas a recurrir al TEAR, ya que se debe enviar todo muy bién enfocado.
Referente al acta fui a un notario con 4 vecinos y el presidente, no hace falta todos. El acta puede ser de manifestación sólo y cuesta unos 60 €, y si haces los dos te puede salir por unos 120 €.
Por cierto cuando dices que has ido al registro de la propiedad, te refieres al de tu municipio creo yo. Pero eso no te garantiza que hubieras tenido otra vivienda en otro municipio. Si me equivoco dime como lo has hecho ya que yo fui y sólo me podían garantizar que no tuviera otra vivienda en ese mismo municipio.
si lo voy a recurrir al TEAR ya que no tengo otra opción. Yo he ido al registro de la propiedad para que me saquen un certificado para demostrar que no tenia ninguna vivienda mas en propiedad y en el trabajo me ha hecho una carta como que pedí el día de traslado, a parte de esto no se me ocurre nada mas. De testigos tengo al presidente de la comunidad y vecinos, que me ha firmado un escrito como que yo vivía alli y me han dado una fotocopia del dni. Lo de el acta de manifestación y protocolización que te ha costado? Y que hay que hacer, ir al notario con los vecinos??
Hola Juan,
A mí me ha pasado lo mismo que tú excepto que no me empadroné, como verás en algún comentario que he hecho en este foro.
Con hacienda no puedes hacer nada. Tienes que pagar la sanción sea como sea con los malditos interes, y la multa en mi caso no me la enviaron. Después sí lo que puedes hacer es recurrirlo al TEAR.
Yo presenté facturas,certificados de correspondencia, y sobretodo testigos. Vale la pena que vayas al notario y hagas una acta de manifestación y protocolización con los testigos del piso donde vivías.
Por lo demás es muy triste, por que si no dispones del dinero te has de buscar la vida, préstamo, etc.. y claro los intereses que pagas por ese préstamo no te los pagará hacienda, sólo te pagará si ganas ante el TEAR el dinero de la sanción los intereses del dinero que hayas pagado y que te generarían en una cta de un banco.
Espero que tengamos suerte, ya que el TEAR es lento, pero la verdad es que es una injusticia TOTAL, por que tal como dices tu vivienda habitual como la mía fué de 3 mas de 3 años, y tal como dice la ley "Vivivenda habitual no es igual a empadronamiento".
Si se te ocurre a tí otra prueba, te agradecería que mo lo comunicaras.
muchas gracias Juan S por tu respuesta. Vamos a ir al TEAR pero crees que con estas pruebas nos daran la razón...?, sino que hay que hacer? Con la liquidación provisional nos llega lo que dejamos de pagar intereses, pero no nos llega sanción, es normal? conozco otros casos similares al mio que tampoco les ha llegado, es pq no lo tienen claro que tengan razón?
saludos.
En mi opinión, las pruebas que habéis presentado son super-contundentes. Así que, si no las aceptan, lo más recomendable es la reclamación económico administrativa.
Mi mujer y yo compramos un piso en el 2003 y lo vendimos en el 2006, ahora aeat nos dice que no lo considera nuestra vivienda habitual porque nos empadronamos 4 meses después de la escritura del piso, por que no hemos estado viviendo 3 años como marca la ley tributaria, aunque notarialmente si lo hemos cumplido. Nos piden las devoluciones de las deducciones y el 18% de la ganancias, mucho dinero. Tenemos que demostrar que esos 4 meses estábamos viviendo en ese piso aunque estábamos empadronados en otra dirección de la misma población(casa de nuestros padres) y por eso no nos empadronamos antes. Alguien se le ocurre pruebas para demostrar que nos fuimos a vivir al siguiente día de hacer las escrituras como así fue? Ya hemos presentado en las alegaciones consumos de agua, luz, gas desde el 1º mes que vivimos, testigos de vecinos, actas de la comunidad del 1º mes que estuvimos presentes, cambio de dirección en nuestros trabajos y documento como que pedimos ese día para hacer el traslado, certificado del registro para demostrar que solo tenemos esa vivienda en esa población que estamos empadronados. Nos han contestado que estas pruebas, que están admitidas en derecho, no son contundentes. Gracias.