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Demandar a FOGASA en un despido?

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
12/02/2008 15:13
He mirado bien lo que dice la LPL, así que si mis calculos son buenos (Que espero que lo sean sino la he cagado...con perdon de la expresion):

- El día 11 de Enero mi cliente es dado de baja en la SSocial.

-A partir del dia 12 de enero empiezan a contar los 20 dias. (ni festivos, ni domingos, ni sabados segun ultimas sentencias del TS y despues de la modificacion del la ley organica del porder judicial).

-Yo presento paepleta de conciliacion el dia 7 de febrero, es decir han pasado 19 días del plazo de caducidad.

-Puesto que la fecha para el acto de conciliacion me la han dado para el día 3 de marzo, el ultimo día para prsentar la demanda en el juzgado seria el día 22 de febrero no?

-a partir de alli entre que se reparte al juzgado, este admite a tramite la demanda y se me requiere para que entregue el acta de conciliacion, habra pasado suficiente tiempo para que se halla celebrado. Así que creo que dispongo de tiempo.

Lo curioso de este caso es que en la carta de despido (burofax) que le hicieron llegar al trabajador le dijeron que causaria baja con fecha de recepcion de la misma. El burofax lo recogio el día 21 en correos y la fecha de envio del burofax es del día 11 a las 10:30 de la mañana, justo el mismo dia que le dan de baja en la seguridad social. Aun no le habia llegado el burofax y ya lo habian dado de baja.

Bueno, yo creo que esta claro el despido improcedente, amen de que las causas alegadas, son injustificadas.
Un saludo, rectificarme si estoy equivocado en algo, gracias.

12/02/2008 12:16
Totalmente de acuerdo contigo David70.
Si presentas la demanda sin acta de conciliación lo que hará el juzgado será requerirte para que aportes el acta una vez celebrada, pero ojo calcula bien el tema porque una vez presentada la demanda sin acta si transcurren 15 dkias sin aportar el acta se entiende como no presentada. Mirate bien la LPL porque ahí sale lo que te estoy diciendo, te hablo de memoria.
Ojo tambien en Madrid y Barcelona porque hay mesas de conciliacion que citan a conciliacion a un mes vista y hay que estar al loro para presentar la demanda, yo eso lo sufri una vez en mis carnes.
12/02/2008 11:03
Hola Marilo:
Cuando interpones papeleta de conciliación se paralizan los plazos, y empiezan a reanudarse una vez transcurridos 15 días de la interposicion de la papeleta, o al día siguiente de celebrarse el acto, siempre que este no supere los 15 días desde que se presenta papeleta hasta que se celebra.
Un saludo.
11/02/2008 20:13
Cuando se interpone papeleta se paralizan los plazos de prescripción y caducidad. No tienes que poner demanda hasta que no se celebre la conciliación.
11/02/2008 16:11
Muy importante: aunque no tengas acta de conciliacion porque te han dado cita para pasados qunice dias habiles sella la demanda en el juzgado antes de que pasen 20 dias habiles (ya sabes que el computo se retoma pasados quince dias desde la interposicion de la papeleta).

Al fondo de garantia salarial ante la duda demandalo formalmente en la demanda , no compàrecera, pero si no lo haces y sí se determinara su responsabilidada p ej por insolvencia del demandado el fogasa te alegaria indefension y no se daria por parte pasiva en el proceso con posterioridad.
Demandar a fogasa en un despido?
11/02/2008 14:02
Hola compañer@s, tengo un par de dudas, haber si me podeis ayudar, gracias.
LLevo un tema de un trabajador que despidieron el día 11 de Enero, el tema me llego el día 6 de Febrero, asi que por el tema de los plazos legales, al dia siguiente (día 7) presento papeleta de conciliacion en el SMAC, y nos citan para el día 3 de Marzo. Contando los plazos legales, solo me queda un día para presentar la demanda en el Juzgado una vez pasen 15 días desde presentada la papeleta, pero teniendo en cuenta que aun no habremos celebrado el acto de conciliacion...
¿Debo presentar la demanda al Juzgado incluyendo copia de la citacion aunque no se halla celebrado el acto de conciliacion? (Si me espero a que se celebre el día 3 de Marzo ya habra pasado el plazo de 20 días para reclamar el despido)
¿En la Demanda de despido improcedente hay que demandar tambien a FOGASA ante posibles insolvencias de la empresa?
GRACIAS. Anteriormente ya me han contestado a la primera pregunta, solo me queda la duda de si demandar al Fondo de garantia Salarial en un procedimiento de despido.GRACIAS