Francolla, para solicitar justicia gratuita debes tener unos ingresos muy bajos.
Necesitarás pedir cita (por teléfono, whatsapp, formulario web... etc) en el colegio de abogados de tu localidad (o como funcione en tu localidad ya que a veces varían).
Necesitarás tu empadronamiento. Ojo, necesitas el global y no el tuyo único (quieren saber con quien vives en dicho domicilio).
Certificado que acredite tus ingresos.
Certificado donde se muestren tus propiedades (un coche, una casa, una moto... etc). No recuerdo como se llama este certificado.
Con todo esto se hace un estudio y si se ajusta te concederán justicia gratuita.
Ten en cuenta que si vives, por ejemplo, con tu mujer o pareja, y esta trabaja, eso supone un punto en contra porque también usan el sueldo de tu mujer a la hora de hacer el estudio.
Y créeme que te piden el empadronamiento para, entre otros, saber con quien vives.
De forma contraria, si tienes hijos, te servirán a tu favor porque a los críos hay que darles de comer, ropa, colegio, libros... etc, y eso hace que se amplíe los ingresos mínimos. Pudiendo tener más ingresos que una persona que viva sola y sin hijos o mujer o marido a los que mantener.
Si vives en pareja, sin hijos y ambos trabajáis, la cosa se pone fea. Hay que ver cuanto cobráis entre ambos y si se pasa no te lo dan.
Vamos, que como tu bien has dicho, se lo dan a personas con bajos recursos.
Buenos días, en la primera impugnación tuve justicia gratuita. Lo solicité en el juzgado. Me atendió un abogado de oficio. Tendrás justicia gratuita si tienes bajos ingresos.
Buenos días, en la primera impugnación me dieron la razón en una parte y en otra a nadie por falta de pruebas. Costas para ambas partes. Como yo tenía justicia gratuita y apelé por la parte que no me dieron la razón, me condenaron a costas, que tuvo que pagar la comunidad.
Buenos días, eso depende del abogado. Yo tengo uno que no me cobra mucho, pero 1.200€ por la última demanda. La apelación me bajó a 700€. Acabamos de meterla el lunes. A ver qué pasa porque estoy dispuesta llegar hasta el Supremo.
Me va a perdonar Malmi, pero me cuesta creer que haya un Abogado medianamente serio en España, que se preste a impugnar unos acuerdos comunitarios y demande, además, al presidente y a la administradora. Es absolutamente temerario.
Por curiosidad ¿Cuánto le van a costar los honorarios de su abogado y su procurador? Imagino que estarán presupuestados.
No grabé a la persona, se grabó que estaba siempre abierta sin ninguna persona. Y he de aclarar que gracias a la intervención del secretario se ha vuelto la puerta a cerrar tras ser usada por los vecinos.
Y una puerta de azotea abierta puede entrar cualquier persona en la casa saltando de edificios conjuntos y ha estado cerrada 40 años. Pero ya digo anteriormente que se solucionó el problema, y si quieren una puerta contra incendios, lo que hay que hacer es ponerle algo para que sin llave cierre y abra automáticamente, en 40 años nadie habló de medidas contra incendios
"Buenos días, en la primera impugnación me dieron la razón en una parte y en otra a nadie por falta de pruebas. Costas para ambas partes. Como yo tenía justicia gratuita y apelé por la parte que no me dieron la razón, me condenaron a costas, que tuvo que pagar la comunidad".
Malmi, me he perdido.
Dices que te condenaron a pagar las costas (que tu no paga costas porque tienes justicia gratuita), pero dices que las pago la comunidad?. Será la comunidad de tu ciudad porque dudo mucho que si tu vas en contra de la comunidad de vecinos y te condenan a pagar las costas, tenga que pagarlas por ti la comunidad DE VECINOS.