En cuanto a los requisitos para la eleccion de un delegado sindical,se me presenta una duda,para poder disponer de horas sindicales creo que la empresa debe de tener mas de 250 trabajadores..pero a nivel nacional, regional,provincial,local...? En este caso concreto la empresa cuenta con 150 trabajadores en la capital, pero si se cuentan los trabajadores a nivel provincial o regional sobrepasan los 250 trabajadores. Podria por lo tanto nombrarse un delegado sindical contando a los trabajadores a nivel provincial o regional o solo vale a nivel local?
( no se si me he explicado)
Gracias y Feliz Navidad!!
Todo depende de como este constituida tu sección sindical. Tu eres delegado sindical porque te ha elegido una sección sindical en concreto, es decir tu representas ante la empresa a todos los compañeros de la sección sindical que te ha elegido. Si tu sindicato tine constituida una sección sindical en la capital y otra en cada una de las provincias o una en la región o sólo una para todos los trabajadores, esto es lo que has de saber y tener claro. ¿A quién represantas tu ante la empresa?. Por ejemplo una empresa de 400 trabajadores con dos centros de trabajo uno de 300 y otro de 100 trabajadores. La UGT constituye dos secciones sindicales, una por centro, y CCOO sólo una sección sindical por toda la empresa. La UGT tendría 2 delegados sindicales, uno por sección, donde el que eligieron los de la sección sindical que pertenecen al centro de trabajo de 300 trabajadores tiene derecho a horas y eo otro delegados sindical, no. En el caso de CCOO el delegado sindical que representa a su única sección también tiene derecho a horas. Quizas me he liado un poco, pero espero que te haya quedado claro. Si existe alguna duda o alguien cree que estoy equivocado, aquí estamos para lo que sea. ¡¡ FELICES FIESTAS !!