Bueno decirte que en caso de empate también en antigüedad, al no existir mecanismo alguno regulado, según algún Laudo la vía más natural y razonable para resolver el problema planteado es, por tanto, recurrir a la legislación electoral general; y esta legislación ofrece como criterio el del sorteo. El sorteo es, por lo demás un criterio más adecuado para resolver el desempate que otros pensables, como el de mayor edad de los candidatos en liza que comparten la misma antigüedad en la misma empresa o el del cómputo global de los candidatos presentados por el mismo sindicato.
Al resto de cuestiones, como ahora no tengo nada de tiempo, decirte sólo a bote pronto uqe en las elecciones en empresas de menos 30 trabajadores para un solo delegado, salvo revocación, dimisión, agotamiento del mandato, etc. del que haya, no hay suplente que valga ni en vacaciones ni enfermedad ni en nada. Y en cuanto a las garantías de indemnidad que es supongo a lo que te refieres, pues se tendría que demostrar que las posibles sanciones o despidos son debidas a la elecciones sindicales. Pero es que tengo que salir pitando, y lo mismo estoy contestando mal. Un saludo.
Si la cuestión es que los contratos son del mismo día porque , es una empresa nueva y nos contrataron a todos juntos .
Bueno me aclara bastante.
Aunque el texto que cité anteriormente que es del estatuto de los trabajadores.
Donde comenta acerca de las garantías de los representantes de los trabajadores, incluye a los suplente de estos .
Yo me refiero si al suplente del delegado de personal a la hora de despedirlo por ejemplo, tiene los mismos derechos que el delegado de personal, por ser un cargo electo.
Y si la delegada de personal estuviese de vacaciones o suspendida con una sanción?
Que pasa durante ese periodo, no hay delegado o asume el suplente ?
“En una empresa de menos de 30 trabajadores, se elige delegado de personal,
En la elección se da un empate que se resuelve “tirando una moneda” .”
Supongo que lo que estas planteando es un supuesto, pero que yo sepa, en caso de empate normalmente se resuelve a favor de quien tenga mayor antigüedad en la empresa. Pero y en el caso de empate también a antigüedad??
Hola, efectivamente la otra candidata sera suplente, pero no tendra ningun derecho relativo a representante de personal, pasara a ser un trabajador normal con espectativas de ser representante si el representante electo cesa en la empresa o dimite del cargo
En una empresa de menos de 30 trabajadores, se elige delegado de personal,
En la elección se da un empate que se resuelve “tirando una moneda” .
Quisiera saber si una es la delegada de personal, ¿la otra seria la suplente?
En caso de serlo que derechos y obligaciones tendría?
Muchas gracias .
Estube leyendo en un documento de la UGT que se encuentra en el siguiente enlace, http://www.ugt.es/pvalenciano/almacen/pdfgds/c1.pdf que habla de los suplentes de los representantes.
Textualmente dice
"LAS GARANTIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
Formativa aplicable :
Texto refundido del estatuto de los trabajadores (TRLET) y la ley Organica de libertad Sindical (LOLS)
Ambito temporal y de aplicación de las garantias .
Los representantes que gozan de estos derechos son:
Trabajadores electos antes de tomar posesión de su cargo y proclamados candidatos en los
Procesos de elecciones sindicales .
.Los delegados de personal .
. Los miembros del comité de Empresa .
. Los suplentes de los representantes elegidos .
. Los delegados sindicales .