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Defensor del Pueblo

1 Comentarios
 
06/10/2011 14:56
Creo que una empresa con participación mayoritaria de una Administración a estos efectos no es administración (a efectos de las competencias del Defensor del Pueblo sobre las Administraciones), por lo que puede que no admitan a trámite la queja. Tal vez buscando en los estatutos de la empresa y viendo que órgano nombra al representante de la Administración, puedas dirigirte a ese órgano, aparte de la inspección de trabajo. Salvo mejor criterio.
Defensor del pueblo
05/10/2011 22:41
No se si es el foro adecuado. Me gustaria conocer, si presentada una queja por parte de un empleado de una empresa publica en que tiene capital mayoritario el estado respecto a un posible acoso laboral por parte de un responsable, intervendria y entraria en contacto con la direccion de la empresa, es decir, trataria de obtener informacion sobre la conducta de este personaje respecto de los subordinados.Gracias