he recibido la notificacion de inicio de expediente sancionador sin la siguiente información:
a) régimen de recusación del instructor y secretario
b) posibilidad de declararme culpable y abonar la multa.
Segun la ley de potestad sancionadora ésto debe figurar como mínimo, entre otras cosas, en la notificación de inicio de expediente sancionador. Mi pregunta es:
Al presentar alegaciones ¿debo incluir éstos defectos de forma siendo suficientes para declarar nula la sanción por sí solo?¿de que manera lo hago?
Estos defectos de forma no comportarán la nulidad de la sanción. Pero alegalo, siempre vale la pena. Si lo creen conviente subsanarán defectos y te enviarán una nueva notificación con los extremos que solicitas. De todas formas puede servir a efectos de caducidad del expediente.