Hola
Quería haceros la siguiente consulta de lo que me ha sucedido y sus posibles soluciones.
Vereís ayer fuí a hacer la declaración y tenía que declarar la compra de mi vivienda, la cual me entregaron en 2009.
Cual no es mi sorpresa, que cuando la mujer me pregunto desde cuando llevaba haciendo pagos y deducciendome y yo al decirle, que desde 2002, que fue cuando nos apuntamos a la maravillosa gestora de cooperativas, me dijo si habíamos pedido una ampliación a hacienda ya que la vivienda no nos la habían entregado a los cuatro años como marca la ley.
Yo me quede a cuadros, porque es lo primero que oígo, ya que nuestra maravillosa gestora en su día por lo menos a mi no me advirtío de nada, yo por vecinos y conocidos tenía entendido lo de los 4 años para la cuenta vivienda, pero yo esta si que la di de baja antes de ese tiempo, porque la deje a 0 para pagar la entrada.
Pues eso que hoy hablando con una vecina, me dice que a ella si se la mandaron a base de exigirla y con fecha sobrepasando en días la permitida.
Bien después de explicar más o menos la historia, y viendo que ya estoy metida en el lío, ¿que debo hacer, para salir de el?, ¿me pediran las cantidades deducidas estos años?, ¿donde tengo que denunciar a la gestora, porque esto ya es la gota que colma el vaso?¿sacare algo si la denuncio?.
Un saludo y gracias adelantadas por las respuestas que podaís darme.
Desde el inicio de las entregas de dinero hasta que se adquiere la propiedad de la vivienda no puede pasar un plazo superior a cuatro años. En el caso de las cooperativas, si se practica una deducción por las aportaciones y se supera el plazo de cuatro años, se debe realizar una regularización por lo indebidamente deducido. Si existen aportaciones posteriores a esa regularización, se pueden volver a deducir pero empezando un nuevo plazo de cuatro años que se entiende como el primero en que se practica la deducción. En tu caso, deberías regularizar las primeras deducciones y mantener las del segundo plazo de cuatro años.
He de decir que el caso no parece sencillo pues la reclamación del reintegro de las primeras deducciones ya habrá prescrito (excepto la del año 2005 que tienen hasta junio de 2010), o sea que no parece lógico que te las reclamen. Sin embargo, al no existir ninguna regularización ni tuya ni de la Agencia Tributaria, es posible que te exijan que regularices los años no prescritos, o sea, los últimos cuatro o cinco años dependiendo de cuando te remitan el requerimiento, si es que finalmente lo hacen.
Por lo que respecta a la demanda a la gestora de cooperativas, no creo que prospere pues ellos no son responsables de que desconozcas la ley. No tienen obligación alguna de comunicarte algo que, en teoría y como ocurre con todas las leyes, todos debemos conocer.