No te había entendido, ni sé mucho del IRPF, lo único que te puedo decir es que la herencia no variará tu declaración, únicamente los rendimientos que te produzcan y, por supuesto, tendrás que poner la nueva propiedad que has adquirido.
No se puede poner el valor catastral, al menos se debe poner el que dice el catastro como valor mínimo. Se aplica un coeficiente que varía según la localidad sobre el valor catastral. Se puede encontrar en google. ¿cómo has registrado antes de pagar el impuesto?
He heredado de mis padres un piso y algo de efectivo, para ponerlo a mi nombre he tenido que hacerle frente a varios gastos (notaría, registro, etc)al ir hacer la declaración ¿en que apartado hay que poner los distintos conceptos? y ¿que valor, el catastral u otro? gracias.