La declaración de herederos sólo a favor de descendientes, ascendientes o cónyuge, en cuyo caso se incluye tu supuesto, se realizan ante el NOTARIO del lugar en el que hubiere tenido el causante su último domicilio en España, mediante acta de notoriedad.
En un principio se ha de realizar una declaración de herederos por cada uno de los causantes. No obstante a ltratarse de los mismos herederos, consultar en la Notaría si pueden realizar la misma en una sola acta de notoriedad, diferenciando a ambos causantes. Aunque creo que no lo aceptarán.
Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
Me gustaría saber como tengo que hacer la declaración de herederos de un matrimonio que falleció hace mas de 10 años, la declaración sería a favor de sus cuatro hijos que están vivos. Tengo que hacerla por separado?, es decir una por cada cónyuge o en una puedo meter a los dos?,tengo que hacerla obligatoriamente ante Notario? o puedo hacerla en el Juzgado?. Muchas Gracias.