El caso es el siguiente:
Divorciado que no ha hecho la Declaración de la Renta del año 2002, y sucesivos, recibe notificación certificada de que debe la cantidad aproximada de 2.000 euros, le dan 10 días para alegar y como no vive en la dirección de correo, sino a 800 km., no contesta en el plazo propuesto. Al cabo de un tiempo, vuelve a recibir certificada carta con el mismo débito más una multa. ¿Que debe hacer para alegar que en la declaración falta el descuento de la pensión de alimentos de sus 5 hijos?. ¿Hacienda pasará a embargarle la cuenta, o le permitirá pagar la deuda en módicos plazos? Agradezco por anticipado las posibles contestaciones, puesto que soy una inexperta en la materia. Muchas Gracias.
Para alegar el pago de la pensión deberá presentar los ingresos (estractos bancarios) donde se refleje que efectivamente ha pagado, junto con la sentencia del juzgado donde dice el importe a pagar a los hijos.