A una señora le han notificado una deuda sobre el no (supuestamente) pago del 2º trimestre sobre el impuesto de aguas del ayuntamiento.
bien, se da el siguiente caso_
a).- Esa persona ha satisfecho el pago del 1ª; el 3º y el 4º trimestre de 2011. el del 2º no lo encuentra, pero bueno.
La cuestión es, este hecho fue conocido por esa persona al encontrarse la pasada semana en su buzón de domicilio (esta persona no se ha ausentado de su domicilio en los últimos 6 años) la notificación de esa deuda sobre el pago de aguas del ayuntamiento, en su 2º trimestre, pero es que esa notificación efectuada, sin certificación alguna, la pasada semana, viene como fecha el 4 de abril de 2011, que corresponde al período de pago voluntario sobre el 2ª trimestre de 2011.
b).- Entonces, ¿es normal eso? si a usted le notifican una deuda de hace 9 meses, lo normal es que esa notificación conste fecha actual, es decir cuando realmente te comunican la deuda. ¿no?, a esa persona se encontró el pasado día 02 de enero de 2012 esa deuda de abril de 2011 en su buzón domiciliario... pero sin poner fecha real de comunicación sino que viene la de abril de 2011, sin más. sin certificado ni nada que garantice al menos la fecha en que se realiza.
¿está obligada esa persona a pagar ese 2º trimestre 2011?
Un saludo.
Ese 2º trimestre, la señora no lo tiene pagado proque el Ayuntamiento se olvidó de enviarle el recibo, sí le envío el 3º y el 4º que fueron apgados... entonces, por descuido u omisión del Ayto. en notificarle ese 2º trimestre,
¿se está exento de pagar?