Tú piensas lo que has escrito?
-Primero dices que tus mensajes borrados brillan por su ausencia y que me vaya a un óptico, te digo que hay dos mensajes borrados tuyos en este mismo hilo y sigues insistiendo en lo mismo, vamos, que eres incapaz de reconocer que te equivocas más que hablas.
-No sólo insistes con lo del óptico sino que encima tienes la cara de mencionar lo del psiquiatra para intentar ofender (tendrás que esforzarte más, de momento sólo provocas risa), pero claro, no directamente, así siempre podrás decir "yo no he dicho eso", pero evidentemente lo has hecho. Si no sabes argumentar, no utilices la falta de respeto como argumento.
-Yo escribo una media de 5 mensajes diarios desde hace bastante más de un año, hay días en que no puedo intervenir y días donde contesto 10 veces y puedo decir que nunca me han borrado un mensaje, por algo será? cuando hay gente a la que le borran tantos mensajes como a ti, es por algo.
-Le has pedido al webmaster lo de las IPs? no sé si sabías que este webmaster puede bloquear IPs, ya lo ha hecho más de una vez, , por tanto, de ser cierto y habérselo pedido y demostrar (según tú) que es una persona, el webmaster bloquearía de inmediato la IP y no podría volver a escribir, por tanto, menos demagogía sobre ese tema. Supongo que no llevas mucho tiempo aquí, porque eso ha sucedido muchas veces y siempre se ha acabado bloqueando. Por tanto, qué has querido decir con esa frase? tú eres de los que insinuas siempre cosas, las dejas caer pero sin afirmar, es lo que hacen siempre aquellos que quieren crispar el ambiente pero sin mojarse.
-Dices que no entras para entrar en polémica, de verdad que me parece increible que lo digas, supongo que no te crees lo que dices, porque de creértelo sería grave
-Es curioso, este es un foro LEGAL, por tanto se tiene que contestar según la ley (o mejor dicho, el derecho), tú contestas alguna vez según el derecho como hacemos muchos? aquí no se pide tener una carrera para contestar (existen foros donde sí es un requisito ) pero al menos que las contestaciones tengan o vengan de personas que de ese tema que se pregunten, sepan la respuesta jurídica, es lo menos que espera quien pregunta. No te he visto dar una sola respuesta jurídica.
Sigue crispando, pero al menos ten el valor de afirmar las cosas y no insinuarlas, eso sí, cuando afirmes que tengas pruebas, es muy fácil dejar caer cosas para intentar desprestigiar a los foreros.
(Llégate a los foros donde participo y cuenta tu las participaciones eliminadas, pide entonces al Webmaster la procedencia IP de los eructos y tendrás una curiosa respuesta. ¿Te puede interesar?. Necesitas un óptico con urgencia, lo del psiquiatra o no y hablar de uno en tercera persona ya es algo demasiado íntimo, pero yo en tu lugar visitaba un especialista, se empieza alucinando y se termina en el colegio de abogados pidiendo cosas raras)
Perdona pero no entro aquí para hacer polémica, por desgracia aun las medallas académicas no se extienden con la sola invocación personal. Yo tambien he sufrido mucho y la vida me ha tratado injustamente, pero creo que un foro de derecho se presta a algo más que copiar el Castan, Aranzadi, Actualidad, etc.
No te voy a decir que seas Rábula por las cosas que dices sino que todos los Rábulas dicen las mismas cosas que tu dices. Aqui entran muchos estudiantes de derecho al menos te reconoceré entonces el curioso mérito de exibir la diferencia entre un jurista de prestigio de un jurista de desprestigio.
Suerte.
Yo sé menos de derecho? que curioso, se ve que los años que llevo ejerciendo lo he estado haciendo sin saber, qué le vamos a hacer, sólo te pido que no se lo digas al Colegio de abogados, me quedaría sin trabajo
Evidentemente no comprendes tus fallos y veo que ni aún explicándotelos.
Qué los mensajes que te han borrado brillan por su ausencia? pues mira, con este mensaje y en estos momentos, hay 62 respuestas en este hilo y sólo han eliminado 2, cosa fácil de comprobar subiendo para arriba y qué curioso, los dos son tuyos, quién dices que debe ir al óptico?.
Me parece muy fuerte que digas que intervienes para aclarar conceptos cuando no tienes ni idea de los conceptos, confudiendo los términos empleados, y encima dices que tu capacidad pedagógica tiene un límite, de chiste.
La libertad de expresión está muy bien y siempre la defenderé, pero también te digo que no hay nada peor que quien la abandera abusando de ella y citándola sólo la utiliza para crispar y faltar, cualquier derecho, cuando se abusa de él, pierde su significado.
Si yo no se de derecho, lo he repetido en muchas ocasiones pero tu sabes menos, yo cursé estudios de ornitología por esa razón puedo entenderte. Me imputas afirmaciones que no digo, ejemplo donde dije : "Un contrato es un contrato, sea de la naturaleza que sea, no es una hipoteca aunque podría serlo, no es un alquiler aunque podría serlo y no es una moto".
Me parece que no hay que ser una lumbrera del derecho para conocer los contratos de arrendamiento, un contrato no es un alquiler aunque puede serlo !claro que sí!, si no entendemos el castellano ya se hace cuesta arriba cualquier debate.
Tu opinión es contraria pero eso no significa que sientes cátedra, solo juegas con las palabras en un soliloquio de confusión de tal manera que donde dije y repito que un contrato no es un alguiler tu te rasgas las vestiduras para adoctrinar que un alquiler si es un contrato !felicidades por el descubrimiento!.
Por el resto de las afirmaciones te pediría que fueras a un óptico con urgencia para aliviar la gruesa miopía que debes padecer habida cuenta de que por más que busque los "mensajes que me han borrado" brillan por su ausencia y en cambio a otras, que por deporte se clonan y del anónimo hacen la cobardía del insulto facil, en mis foros baten un record de circo en lo que a mensajes borrados se refiere.
En conclusión, para mejor discurso del tema de debate solo quise ayudar a aclarar conceptos pero creeme que no recibo paga alguna del Estado para la docencia y mi capacidad pedagógica tiene un límite. Por tanto lamento no poder acceder a tu petición por disparatada, hay otro concepto que te resultará aun más dificil de entender: "El de la libre expresión".
Barbaroja, dejas claro que no sabes de derecho.
Lo de Justo ya han demostrado que se equivocaba al hablar y que no tenía sentido.
Un alquiler no es un contrato? pues sí es un contrato, es un contrato de arrendamiento
Lo de la sociedad, como contrato, no lo has pillado, porque lo utilizas en un sentido que no es. Está regulado en el título VIII del CC, que está encuadrado en el libro IV que lleva por título "obligaciones y contratos". Quizás tienes en mente el "contrato social" y confudes términos
Creo que deberías tener claro el concepto de sociedad como contrato y no confundirla como haces.
Lo que te pido es que no te quejes de la gente que crispa cuando tú eres el primero que lo hace, sólo hay que ver los mensajes que te han borrado.
Y seguramente, a continuación, escribirás otro mensaje con ánimo de crispar, sólo esperas eso.
Pero si es usted un hombre de dios, Algarrobo. Cuando se le termina la capacidad para razonar empieza a insultar a diestra y siniestra, comience por aplicarse los consejitos y estudie derecho si tanto le gusta pero no crispe la convivencia. Lamentablemente el actual sistema académico no permite o reconoce como titulación válida aquella que nos otorgamos a nosotros mismos, pero si usted quiere yo le animo para que en otro foro inicie un debate al respecto (cosas más raras se habrán visto).
Estoy de acuerdo con Justo, y me parece justo lo que dice y justo era tiempo que lo dijera. Solo le faltó explicarlo con manzanas a ver si alguno se entera. Un contrato es un contrato, sea de la naturaleza que sea, no es una hipoteca aunque podría serlo, no es un alquiler aunque podría serlo y no es una moto. La naturaleza del contrato es otro cuento, una señora es una señora, que después sea china o un punto filipino es otro cuento. Pero una señora no es una moto, hasta ahí creo que estamos de acuerdo (¿o no Algarrobo?).
Un contrato no es una sociedad y una sociedad no es un contrato, que el matrimonio tenga un origen en el contrato no significa que su naturaleza actual sea esa, los Registros de la Propiedad tienen su origen en la agresión cuando en la antigua Asiria en cada transacción de inmuebles cacheteaban a los escolares y nadie hoy en ningun Registro cachetea a nadie.
Una cosa son las relaciones contractuales y otra la naturaleza de las sociedaddes, son conceptos muy muy distintos.
Por lo demás yo veo aquí los ánimos tan crispados y tan histéricos con una capacidad tal para la distorsión y el histrionismo que me parece a mi que me voy a pasar al enemigo, !normal! para aguantar histéricos y a un tío paliza mejor me voy a las feministas que con suerte alguna esta buena.
Yo tambien he venio de pueblo de cura unos quesos y vendé las ovejas pa poder pagarme el abogao, es que no pue ze, si no saben de derecho pa que hablan es que no lo comprendo humanamente no entra en cabeza humana alguna.
Señores y señoras. Acabo de llegar de una semanita de vacaciones por León y Asturias, y me he encontrado con bastantes respuestas al debate. Aunque si he de ser franco, lo que se dice debate del artículo 97 o 92 he visto muy poco. por otra parte, el debate ha sido muy educativo, con lo cual compensa el desvío.
Independientemente de todo lo dicho y de que cada cual es como es, y por tanto gozamos del privilegio de hablar en libertad, me gustaría saber ya que se ha hablado de las capitulaciones, hasta qué punto es posible introducirlas pues creo que la ley del divorcio no deja entera libertad para hacerlo, es más, deja atado y bien atado al marido para que sea este quien finalmente suelte la pasta.
Por ejemplo. Art 97 Sobre cómo valorar el desequilibrio económico
4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.
¿Qué ha de entender el juzgador por dedicación pasada o futura a la familia?. ¿Guardará relación con el cuidado de los hijos o ascendientes?, ¿tal vez con las labores del hogar?.
3.ª La cualificación profesional y las probabilidades
¿Cómo valorar las probabilidades?. ¿Es esto un mal chiste?
Habéis comentado también que las capitulaciones se convierten en agua de borrajas. Entonces a qué creéis se refiere el legislador cuando habla de:
1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
podríamos seguir con el tema. Evidentemente poco han debido pensar nuestros legisladores para hacer ¡semejante chapuza!.
Alabin... .En lugar de insultos podias esponer tu caso, este foro es para todos.( NO DIGO TODOS Y TODAS PORQUE SE SOBREENTIENDE ) . Es posible que se haya llegado a esta situación por personas sin escrupulos como tu. Hay personas extraordinarias y otras perversas.
Lo que es necesario es que se identifiquen unos y otros, sobre todo en los Juzgados, ya que aparentemente pueden
comportarse de cara a los demas como personas excelentes y al llegar a casa toman su verdadera identidad. ¿ Que valores son para ti los que deben primar?
¿ Acaso conoces el sufrimiento, los problemas de los demás?
Desde mi punto de vista y después de unas nociones teoricas de derecho que pueden venir bién, lo practico
seria debatir como propuso erios libertad el art.97.
¿Y este es el club de separados?, Joer, es que cuando leo algunas cosas hacen buenas a las ex, ¿dije buenas? Santas!!!!!!.
¿Discriminación positiva?, se quedan cortas !castración positiva! vamos, vamos.....
Yo creo que para encontrar el sentido de la felicidad nos debe bastar la situación actual de las señoras y su expresión. ¿Y como aguantaban eso? Pero si eso es inhumano.
Bues tardes vengo por un consultorio porque por razon de enseparacione en lo estoy pasando mu malamente, mismamente porque no entiendo una sentencia del juez judicial que me toca y mi ex señora que ahora es esposa que ya no lo es porque por disposicion judicial deja de serlo me reclama la compensacion de la pension al haber estado casado en regimen de capitulaciones, pero no entiendo quien es Athini, Castan y lo que hablan de la nueva ley del civorcio ese o vicitas que menciona ese señor tan culto que mismamente sabe tanto y tan bien, o sea, a ver, cuanto me sale pa pagar con la nueva ley del divorcio.
Ahini, cuando hablo del S.III a.c. no me estoy refiriendo a la ley de las XII tablas, puesto que son anteriores, me ha extrañado mucho esto que has dicho.
Fíjate que Sandra, que sólo es estudiante, ha citado dos de las formas que había en el antiguo Derecho romano (son las dos primeras formas que había), sólo le ha faltado una más, pero que es algo posterior a esas dos , y en ellas, si miras la definición que tienen, tienen una naturaleza de contrato, con una serie de rituales (como muchos de los contratos y de los procesos que había en el Derecho romano)
Todo en Roma se basaba en creencias religiosas, hasta los contratos más básicos, pero no en la definición que tenemos ahora de creencias religiosos y en el matrimonio como algo sagrado, sino en el sentido de que todo contrato debía estar "bendecido" por los dioses. Tú hablas de contrato como el actual sacramento y no es exactamente así, pues la religión romana, como muchas de las antiguas, tienen sentidos diferentes al actual.
Estás citando fuentes que son muy, pero que muy posteriores al antiguo Derecho romano donde existían 3 formas de matrimonio (de hecho una, pero enseguida surgieron las otra dos), que no son las que has citado, sino las que cító Sandra
Y vuelvo a reperir, Athini, que las "alegres afirmaciones" que hago, no son mías, son de los grandes civilitas, por tanto, estás diciéndoles a los grandes civilitas que desconocen el Derecho romano. Yo lo siento, pero si tengo que elegir entre tus afirmaciones y las de Castan, me quedo con las de Castan.
Pues yo creo que el desconocimiento del derecho no le impide debatir a nadie, Lunar se pasa todo el tiempo rebatiendo y debatiendo lo que puede con todo el derecho del mundo.
Athini, me parece muy esclarecedora para los que no
somos profesionales del Derecho, estas citas al Derecho Romano, que son la base y el fundamneto del Derecho actual y de nuestra cultura.
Habia causas y habia efectos. Ahora de un plumazo se suprimen las causas, quedan los efectos y estos dificilmente se pueden resolver en multitud de ocasiones.
Ahora desgraciadamente la mentira, se acepta en un proceso judicial como cosa normal, y si se demuestra que así ha sido, puede que te den alguna pequeña reprimenda. Es muy facil "desplumar" al contrario como me dijo mi ex.
Los grupos de presión existentes en la politica, le han dado la vuelta en unos años, a una stuación que ha venido adaptandose a las formas sociales y que viene evolucionando desde Socrates y Platon.
Las generaciones actuales han nacido, cuando existia el divorcio, y practicamente tarbajan los dos. ¿ Que ocurre con otras generaciones anteriores, que estaban
unidas por otro tipo de relación, y ahora se cambian de golpe las reglas de juego, sin restituir ningún derecho sustraido?.
Puede haber Sras que nunca han trabajado, o han comenzado a trabajar hace pocos años, y le estorbe
su marido por las razones que sea, infidelidades de ella, motivos economicos....... y antes podian tener la oportunidad de poner algún tipo de denuncia falsa, ahora simplemente le dicen, vete de la casa y dame la
mitad, ya en estos casos los hijos son mayores de edad.
También puede ocurrir al contrario, yo expongo mi caso.
Cuando te refieres al derecho del siglo III, supongo que te refieres a las Leyes de las Doce Tablas. Pues bien, en ellas ya aparece recogido el "matrimonio sine manu" (al que se accede mediante la "usurpatio trinocti"). No podemos saber qué antigüedad tenía este tipo de matrimonio, pero es obvio que en el s. III a.C. ya existía, o al menos ya existía el germen de él. En este tipo de matrimonio, la esposa se mantiene "sui iuris" y encarga la administración de sus bienes a un "tutor". De este tipo de matrimonio se dice: "ex affectu omnes introduncentur nuptiae" (Cod. Iust. 5, 17, 1. 8. 11; entre otras fuentes). Para evitar que los patrimonios de una y otro se confundieran, estaban específicamente prohibidas las donaciones entre los esposos (así, en Ulpiano, D. 24, 1, 1). Dado que este matrimonio estaba basado en el afecto, bastaba con alegar la separación de voluntades para justificar el divorcio ("Divortium autem vel a diversitate mentium dictum est", Gayo D. 24,2,2).
Así pues, el matrimonio "sine manu" está basado en el afecto, lo que no nos permite decir de él sin más ni más que sea un mero "contrato".
Por lo que respecta al matrimonio "cum manu", en él la mujer pasa a estar efectivamente bajo la tutela del marido, y es verdad que la dote de la mujer pasa, en principio, a formar parte de los bienes del marido. Sin embargo, también es verdad que este tipo de matrimonio se establece en principio como indisoluble (sólo se admitía su disolución en condiciones muy concretas, como que se demostrara que la mujer era estéril o infiel). En caso de divorcio, la dote normalmente tenía que ser devuelta (la casuística es muy compleja), y también en otros supuestos (como el fallecimiento por causas naturales de la mujer), aunque es verdad que el marido podía en ciertas condiciones conservar una parte de ella. Pongamos un ejemplo: Si el divorcio se producía por culpa del marido, éste no sólo tenía que devolver la dote, sino también pagar a la esposa los bienes fungibles correspondientes a un determinado período. Si el divorcio se producía por culpa de la mujer, el marido podía llegar a retener 1/6 del total de la dote por cada hijo (sin que el total pudiese nunca sobrepasar la mitad del total de la dote).
En fin, repitámoslo, las mujeres no carecían de derechos, ni siquiera en el derecho romano más primitivo.
Por lo que respecta al carácter de "contrato" del matrimonio, lo cierto es que no sólo en el derecho romano, sino en lo que podemos conocer del derecho matrimonial de otros pueblos indoeuropeos (el estudio clásico es, naturalmente, "La Cité Antique" de Fustel de Coulanges) la religión es el elemento central del matrimonio (y no podía ser de otra forma, siendo también el elemento fundamental de la familia y del estado mismo). ¿Deja por esto el matrimonio de ser un "contrato"? No deja de ser un "contrato" si entendemos lo que esta palabra significaba para un romano, que no es lo que significa hoy: para nosotros nada puede haber más distinto que las ideas de "contrato", de "afecto" o de "religión". Para los romanos, durante muchísimo tiempo, el derecho y la religión venían a ser una misma cosa: en la Roma Republicana, el especialista en derecho es --como todo el mundo sabe-- el sacerdote. Decir en este contexto que el matrimonio era "un contrato" no es muy distinto a decir que era lo que hoy entendemos por "un sacramento".
Repito, por tanto, no se pueden hacer alegremente afirmaciones como la que hace Lunar, que tan satisfechas dejan a las "politicamente correctas", pero que tan alejadas están de los conocimientos más elementales de derecho romano.
Un debate que era sobre el art. 97, que desde mi punto de vista es igualitario para hombres y mujeres, se ha convertido en un tema de Historia del Derecho, que me parece correcto, pero se omite las condiciones de vida de esas sociedades. Habia esclavos, que eran mas cotizados que las esclavas, por la fuerza fisica, y nadie estaba en contra de esto.
Los hombres casi siempre estaban en el campo de batalla, y los gladiadores eran hombres.
El trabajo, hasta la revolución industrial era fuerza fisis¡ca y habia algunas normas o leyes que lo regulaban. Se nos ha explicado cmo y quien construyeron las Piramides, el acueducto de Segovia, las Catedrales, las garandes presas hidroelectricas.....
No es igual que ahora , en plena revolución tecnológica, por tanto las comparaciones son inexactas e imparciales.
La sociedad ha ido evolucionando muy lentamente (vease el libro Emilio de Rousseau, que escritor que hoy le llamarian progresista en su época).
Esta sociedad ha ido avanzando, hasta que se le ha dado una vuelta de tuerca, y los Derechos del hombre en España, en determinados aspectos de la familia han sido expoliados, en contra de la misma Constitución.
Un sintoma de Democracias debiles, que sabemos como comienzan pero desconocemos su final.