Hola, vengo a ver si ustedes podrían ayudarme con un tema. Tengo un hijo de 16 años el cual vive con la madre actualmente. Estamos divorciados actualmente desde hace 8/9 años y desde el inicio le he enviado la pensión de alimentos por el niño ya que ella tiene la custodia. Lo que pasa es que he recibido informacion del chaval que dice que la madre no utiliza esa pensión como es debido y la usa para sus cosas y no para vestir al niño y comprarle su ropa lo que entra dentro de sus necesidades. Hablando con el tuvimos la idea de hacer una cuenta bancaria a su nombre y pasarle el dinero a el directamente, pero por lo que se la madre debe dar permiso para ello y dudamos en que lo haga. Y quería saber si hay alguna manera de que le pueda pagar la pensión a el sin consentimiento de la madre.
Solo se puede hacer cuando cumpla los 18 que se extingue la custodia, en ese momento esté la madre de acuerdo o no sí pueden hacerlo por acuerdo entre usted y su hijo. Comprendo su situación, pero no es posible lo que plantea sin acuerdo con la madre.
Si el menor no está debidamente vestido o alimentado puedes pedir la custodia tú. Pero no pedir que se le dé a él para sus gastos, y que los gastos de manutención corran enteramente a cargo de la madre, como es lógico. El dinero que se paga en concepto de pensión no es finalista; algún mes podrá gastarse menos y tanto mejor para el custodio, y otro mes se gastará más y tampoco te puede exigir que pagues de más por gastos ordinarios.
A partir de los 18 cuando se extinga la custodia sí puedes pasársela al hijo, pero si este vive por su cuenta, si no el progenitor con quien conviva puede seguir exigiendo el pago de los alimentos (suponiendo que no haya mutuo acuerdo, siempre; si lo hay, como si acepta que no se pague ninguna pensión).
En cualquier caso, por tu seguridad, NUNCA (ni ahora ni cuando sea mayor de edad) dejes de pagar como esté establecido en el convenio, salvo que haya una modificación de medidas anterior, o te podrá reclamar esas cantidades y si son dos meses consecutivos o 4 no consecutivos, habrá incluso un delito penal.