Hola a todos. Tengo varios pisitos alquilados que me tienen diariamente muy entretenido. Voy a recibir una pequeña herencia. Con este dinerito no se me ocurre otra cosa que comprar unos pisitos más para alquilar, con lo cual el entretenimiento va a aumentar, pero ocurre que estoy a punto de jubilarme, algo cansado y con algún achaque, estas labores de alquilar pisos no dan para pagar autónomos a cada momento cada vez que se quiera hacer cualquier cosa, porque se llevan lo poco que dejan las rentas, por tanto no me importaría asegurar a alguien a nivel de peón, que me hiciera de todo como pequeñas labores de albañilería, pintura, luz, recados …. etc en los distintos pisitos, el problema que tengo es que no sé en que régimen asegurarlo ya que no tengo ninguna empresa ni soy ningún empresario, no sé si como empleado doméstico o si tendría que darme de Alta como empresa inmobiliaria o algo parecido, necesito un consejo, gracias
Lo mejor es contrates a alguien que ya sea autonomo, y cuando tengas varias tares o acumules variada reformas lo contrates con unpresupuesto.
En la actualidad hay muchos autonomos en paro, asi que si llegasna un acuerdo en las reformas tenserande gran utilidad, eso si, debes comprobar que sigue de autonomo, porque puede ser que diga que es autonomo y luego no lo sea.
Te deberá facturar por trabajo realizado.
Esto es lo que yo veo más adecuado para tu negocio.
Si estuviese por Alicante yo mismo te mandaría uno.
Un saludo
Gracia por la respuesta:
Autónomo imposible:
1º) Necesito a alguien a cada momento a mi disposición.
2º) Son muchas tareas insignificantes dificiles de evaluar pero que me saldrían por el ojo de una cara.
3º) La renta que se cobra de un piso para un arrendador es (o debiera ser) como un dinero que está depositado a plazo fijo, por el que se cobran unos intereses pero no es ningun negocio que permita ninguna alegría como llamar a cada rato a un autónomo.
Busco alguna otra solución (si es que existe) de poder yo asegurar a alguien pero no sé en que régimen.
Gracias y saludos
Añado a lo anterior:
Hago la declaración todos los años con el programa Padre y para saber lo que se lleva Hacienda por un piso alquilado es tan facil como hacer la prueba antes de hacer la declaración definitiva:
1º) Con un piso alquilado todo el año.
2º) Con ese mismo piso sin alquilar un solo dia en todo el año.
A mi me salió actualmente y exactamente que Hacienda se lleva de la renta anual que se cobra por un piso 2 meses de renta.
Con eso ya digo las alegrías que permite de Gastos un piso alquilado
Que lastima que se lleve hacienda de la renta de 2 meses del beneficio anual y con tantos pisitos que tiene mas lo de la herencia, buff pues los de haciendan se van a poner las botas,eh??
Y claro como bien dice usted chii11vo, " Son muchas tareas insignificantes dificiles de evaluar pero que me saldrían por el ojo de una cara." y claro como esta la vida....... seguro que si sigue buscando encuentra a alguien que cobrando el sueldo minimo interprofesional, le hace de fontanero, electricista, paleta y ademas le coloca el parquet....claro con tantos pisitos que tiene a de ser una persona muy,muy competente para que le salga mas baratito.Suerte en la busqueda.
Y de cuantos pisitos estamos hablando?? Lo digo porque entre los pisitos que ya tiene y los que pretende adquirir igual necesita más que un trabajador, algo que será bienvenido con el desempleo que hay. No obstante si usted contrata a un trabajador por cuenta ajena:
-usted tiene la condición de empresario a efectos laborales y de seguridad social, debiendo cumplir con las correspondientes obligaciones (entre ellas cotizar), da igual que no sea empresario, a efectos legales laborales-seguridad social usted percibe los servicios de una persona que los presta por su cuenta y bajo su ámbito de organización y dirección lo que IMPLICA que usted es empresario;
-no se olvide las obligaciones tributarias, pues además de tener que cotizar mensualmente, elaborar los documentos de cotización, nóminas, etc, tiene que practicarle las correspondientes retenciones a cuenta al trabajador, ingresarlas en hacienda, etc, vamos que igual si tiene que contratar una gestoria para hacer todo esto mensualmente igual le sale a cuenta cuando necesite un servicio contratar al profesional correspondiente;
-los trabajadores por cuenta ajena están encuadrados en el Régimen general de la seguridad social;
-no cabe empleado de hogar, pues las labores que usted pretende que haga ese futuro trabajador están excluidas del ámbito de aplicación, el sistema especial de empleados de hogar es para tareas de hogar como su nombre indica;
-DICE: por tanto no me importaría asegurar a alguien a nivel de peón, que me hiciera de todo como pequeñas labores de albañilería, pintura, luz, recados....está de broma no!!! pretende alguién que realice oficios distintos con formación distinta y contratarlo a nivel peón!!! Y según que convenio le va a pagar...porque los salarios además de respetar el mínimo se establecen en los convenios que resulten de aplicación, tenga en cuenta que de acordarse la polivalencia deberá pagar el salario que sea más alto y por contingencias profesionales deberá cotizar por el tipo más alto de todas las actividades según lo establecido en la tarifa de primas;
-lo de "recados"!!!, no será usted un tal Cayetano!;
-usted tiene obligaciones en materia de prevención de riesgos, y las actividades que usted indica no me parecen "trabajillos" sino trabajos con riesgos de cierta entidad;
-en materia de obligaciones tributarias, societarias, etc, ponga la pregunta en el foro correspondiente;
Ya el tema de tributos si a usted le parece mucho o poco, a todos nos parece mucho lo que pagamos a hacienda, pero hay que mantener carreteras, hospitales, colegios, formar a la gente, etc., Y si de cada piso sólo se lleva 2 mensualidades de renta no me parece mucho, otros pagan a hacienda de IRPF por rentas de trabajo 4-5 meses del salario de un año.
Además no sea tacaño que ese trabajador que puedas contratar es quien te va a pagar con sus cotizaciones tu futura pensión, además de otros cotizantes.
Mira aquí te lo explican mejor.
Te dicen lo que es un empresario individual perfectamente.
Tambien puedes ser tu mismo AUTONOMO y contratar el trabajador.
Leyendo este art. Lo captas al momento.
http://www.emprender-en-aragon.es/medias/pdf/guia_del_empresario_individual.pdf
Hola, gracias por vuestras respuestas, no soy ningún potentado, siempe he sido un trabajador y no de oficina precisamente, que poco a poco he hecho mis ahorrillos, cuando digo pisitos ninguno de ellos es una mansión, son muy pequeños. Busco una salida a mi problema dada mi situación que ya expliqué, si no la hay, no hay problema, dejo los pisitos sin alquilar y que el gobierno resuelva el problema del alquiler.
Creo que me he explicado mal. Cuando digo que son muchas tareas insignificantes dificiles de evaluar: Albañilería (poner cemento blanco en el borde de una bañera para que no filtre), fontanería (un pequeño desatranco como echar un líquido, o darle con la ventosa varias veces arriba y abajo), todo muy leve y que vengo haciendo yo hasta la fecha sin ser ningun oficial, alguien que me limpie un piso cuando esté vacío, que me ayude con mi coche a llevar algun mueble, por eso digo alguien de un nivel de peón, por supuesto que si es algo más profesional o una reforma llamo normalmente a un autónomo o empresa, pero eso se sale de la pregunta que he expuesto. Lo de los recados, pues si, deja eso que me urge más que me hagas este recado.
Ya me habeis contestado que como servicio doméstico no, me lo esperaba ya que no estaría centrado su trabajo en un único domicilio, pero no sé si sabeis que se viene haciendo en una única casa cuando esta es muy grande: Limpieza y pequeño mantenimiento, lo podeis ver en muchos anuncios.
Precisaría algo así como un empleado doméstico que incluiría pequeño mantenimiento, pero no para un solo piso sino para varios, hasta cumplir su horario, sé que en otros países existe, pero en España quizás no (por eso os pregunto), si en España no existe esto, esta situación corta o limita a persona como yo que podrían invertir en la compra de pisos para alquilar.
Otra cosa Ainoa, hay algo que no has mencionado y es que al ir a darse de Alta de Autónomo cada
actividad tiene un Epigrafe, lo sé porque en su día tuve un comercio, y aquí radicaría tb mi pregunta, si mi actividad (si es que se puede llamar así) podría ser susceptible o encajaría en algún tipo que yo pudiese dar de Alta a un trabajador contratado por mi en las condiciones expuestas.
¿Lo de que 2 meses a pagar a Hacienda es poco para alguien que alquila?. Creo que es muchísimo, preguntad a los que alquilan, según mi experiencia, el año anterior Hacienda se llevó exactamente 1 mes
(es decir subieron el 100%). Desincentivan totalmente el mercado del alquiler.
Solo una última cosa, soy legal en todo y pretendo seguir siéndolo por eso pregunto.
Saludos a todos