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Daños

6 Comentarios
 
22/07/2010 00:52
Usurpación de un bien inmueble es meterte en una casa que no es tuya y usarla como dueño, y lo de los dºs reales no lo voy a explicar, aunque no reviste complicación.... (okupas)
Los delitos de daños están regulados en los art. 263 y siguientes.
Como dice mosca cojonera, faltan datos, sin ellos no se puede decir nada orientativo (qué daños, en qué circunstancias, posibles atenuantes o agravantes, qué intención, posible causa o consecuencias, etc...).
21/07/2010 21:09
un delito de usurpacion.
21/07/2010 21:08
no soy abogado, pero desde mi humilde opinion, si entrastes sin autorizacion del titular de la vivienda, pues podria ser lo siguiente.

La ocupación de un bien inmueble o un derecho real inmobiliario ajeno, con violencia o intimidación y con un propósito de enriquecimiento, está penada con multa de 6 a 18 meses, además de la pena que en su caso pueda corresponder a los actos de violencia ejercidos.
21/07/2010 20:14
Es que faltan datos. Cómo entraste en la vivienda, de quién era, qué daños causaste, por qué te acusan.....
21/07/2010 12:53
¿nadie sabe nada?
19/07/2010 22:10
Por favor alguien debe saber algo.
Daños
18/07/2010 03:08
Hola a todos:por favor contesten a mi pregunta.
¿me puede meter en la carcel por un juicio por daños de una vivienda? ¿y cuanto me podria caer? las acusaciones son inciertas pero el juez la aceptó.Por favor contesetenme.