Para interponer una demanda hay que saber qué se demanda, qué cuantía y en base a qué daños. Lo primero que hay que hacer es una peritación de esos daños, que la puede hacer un aparejador o un arquitecto y el que debe determinar a qué son debido esas deficiencias. Ya hecha hay que evaluar su coste mediante presupuestos de empresas del sector y después con estos datos poner la demanda, siempre que no se llegue a un acuerdo con el causante (si lo hay) de esos daños. El reparto de la indemnización se hará en función de esa anomalía que tenga. No es lógico hacer un reparto de dinero sobre propietarios que no tienen ningún tipo de problema, es ilógico. De todas formas, la ley de pH ya determina que el reparto tanto de pérdidas como de ganancias se ha de hacer por coeficientes. Salvo que por unanimidad se pudiera obtener otro acuerdo (que es díficil de conseguir) pero su administrador de esto le debería asesorar.
En la votación salió pagar las costas a partes iguales y recibir la indemnización a partes iguales aunque haya viviendas que no tengan daños, argumentando que con el dinero primero se reparará lo común y luego lo de cada casa. Se me olvidó dar este dato. Gracias.
Buenos días. Intentaré ser lo más breve posible. Rogaría que algún alma caritativa me respondiera. Gracias de antemano.
Vivo en una urbanización y hay daños estructurales en los edificios de los distintos bloques de viviendas. Estos no son graves (no provocan la ruina) pero provocan desperfectos. También afectan al suelo de zonas comunes. Vamos a llevarlo a juicio para solicitar indemnización.
El problema es que en lo que se refiere a la forma de llevarlo a cabo dado que aunque los daños comunitarios conciernen a todos, en los de cada vivienda los hay con 0 daños y los hay con “x daños” siendo “x” una cantidad elevada (y luego de 0 a “x” cantidades de lo más variadas. Se proponía o bien pagar todo a partes iguales y recibir la indemnización a partes iguales, o bien pagar en porcentaje y recibir en porcentaje de daños.
Pues bien lamentablemente yo soy uno de los vecinos que se acerca a la cantidad “x” y yo esto no lo veo justo. Cuando hayan goteras si las hay y solo afecten a los pisos de arriba también actuaremos igual? El administrador dice que al ser por votaciones es válido, es esto legal? No debería hacerse cargo la comunidad sólo de los daños? Me parece súper injusto.