La delegación la hace el cargo, no la persona que lo desempeña, por lo que cuando tome posesión su sustituto, mientras no la revoque, continúa vigente la delegación.
La delegación de competèncias en materia sancionadora decae cuando el titular que ha hecho la delegación es cesado en el cargo? Es necesario que el nuevo titular haga una nueva delegación? Dónde está regulado? En la Ley 30/92 no lo he sabido encontrar. Gracias compañer@s