hola a todos,
Me divorcié hace 13 años, cuando mis hijos tenían 2 y 4 años. Desde entonces tengo la custodia de los niños....bueno, ahora adolescentes de 15 y 17 años, y debido a la edad tan difícil por la que están pasando, y el poco respeto que me tienen, no me hacen caso a nada y sin embargo a su padre le respetan bastante, me veo profundamente desbordada, incluso he tenido que acudir al médico y me recetó unas pastillas para la ansiedad, por lo que me estoy planteando pedir la custodia compartida, pero quisiera saber cómo quedaría mi situación. En la sentencia, el domicilio se me asigna a mi, por ser con quien quedan los menores, al igual que una pensión alimenticia para los niños que hoy asciende a 650 euros por los dos. Las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano son a partes iguales, y fines de semanas alternos. Yo trabajo en una guardería como cocinera. Mi contrato es de Octubre a Mayo de 4 horas al día, y mi sueldo son 550 euros.
Mis preguntas son las siguientes:
1. Los meses que estén con el padre, la pensión que yo le tengo que pasar va en función de mis ingresos o se anula ?? Es decir, ni el se la pasa cuando estén conmigo, ni yo se la paso cuando estén con el ??
2. El domicilio familiar que se me asignó por ser quien se quedaba con los menores, se vende, se comparte o, como el tiene otro piso donde vive actualmente y yo no poseo ningun otro que el 50% del domicilio familiar, me vería en la calle?
3. Al vivir en municipios distintos dentro de la misma provincia, los niños seguirían yendo al mismo colegio, irían a otro que viniese bien a los dos ??
4. Como se distribuiría el tiempo de permanencia ?? Un mes con cada uno, tres meses, seis ???
Muchas gracias por todo
Buenos días, intentaré responder a todas sus dudas:
1. Respecto a la pensión alimenticia: si se acordara la compartida, se calcula qué gastos son los incluidos dentro de la pensión alimenticia y se haría un cálculo sobre qué porcentaje tiene que abonar cada uno de los progenitores en función de los ingresos de cada uno. Resultará que usted tendrá que aportar menos ya que seguramente sus ingresos sean inferiores a los de su expareja.
2. Sobre la vivienda: podría usted solicitar que le mantuvieran ese derecho de uso y disfrute en atención a que no tiene posibilidad de encontrar otra vivienda, pero seguramente se lo limitaran temporalmente (al menos si yo fuera el contrario así lo exigiría). De manera que en un determinado tiempo tendrá que buscarse otro lugar. No obstante, puede posteriormente solicitar la disolución de la sociedad de gananciales si aún no lo han hecho o la disolución del condominio para proceder a la venta de la vivienda y así cobrar su 50%.
3. Sobre el colegio: eso depende del acuerdo al que lleguen ustedes dos. Dependerá también de la distancia entre ambas viviendas. Si es una distancia "asequible" podrán seguir en el mismo, pero sino quizá lo aconsejable sea cambiarlos para que los trayectos del colegio a casa cuando vivan con el padre no sean demasiado largos. Pero como le digo, dependerá de lo que ustedes acuerden, ya que la cuestión escolar entra dentro del ámbito de la patria potestad y tienen que decidirlo entre los dos.
4. Periodos de custodia: también depende de lo que ustedes acuerden (si es que pueden llegar a acuerdo para llevar a cabo esta modificación) y si no dependerá de lo que solicite usted, de lo que solicite él y lo que estime más conveniente el juez. Normalmente se establecen periodos de 15 días. Pero no hay inconveniente en que esos periodos se alarguen, siempre que se establezcan visitas para el progenitor no custodio en ese periodo de tiempo.
Muchísimas gracias. Lo que mas me preocupa es lo del piso. Hace unos años decidimos ponerlo a la venta, y el año pasado, cuando por fin parecía que lo íbamos a vender ya que se iba a firmar contrato de arras con los interesados, resulta que mi ex marido dijo que no se vendía, y la verdad, yo estoy deseando venderlo, ya que tanto los niños como yo tenemos que ir todos los días a Madrid al colegio y yo al trabajo, pero la única solución que me daban era que se subastase y también me dijeron que si se hacía eso se vendería por bastante menos de lo que se podría vender en el mercado libre.
Eso de liquidar gananciales, me podría explicar como se solicitaría y en qué consiste?
Muchísimas gracias.
La liquidación de la sociedad de gananciales es disolver todo lo que tengan en común, de manera que no haya propiedades, cuentas de banco, coches u otros bienes del matrimonio a nombre de los dos.
Se trata de un procedimiento que necesita abogado y procurador y en el que se tiene que presentar inventario de qué bienes pertenecen al matrimonio así como las obligaciones y deudas (por ejemplo hipoteca o préstamos personales). Se hace una serie de operaciones para que ambos cónyuges adquieran un patrimonio equivalente. Puede ser que en su caso, en el momento del divorcio se produjera tan solo la disolución de la sociedad de gananciales o puede que se produjera también la liquidación, lo desconozco.
Respecto a la vivienda, lo que le dijeron es la realidad. O bien compra su parte el otro propietario, o se vende en el libre mercado o si esto no se produce, tendrá que salir a subasta judicial.
Pero por otra parte, nada le obliga a permanecer allí. Es decir, si tiene la posibilidad de alquilar una vivienda o comprar una usted misma, puede cambiar el domicilio de los menores comunicándoselo al otro progenitor y amparándose en el beneficio de éstos puesto que así el trayecto de casa al colegio/instituto se hace menos pesado. De optar por esto, también puede proponer a su expareja alquilar la vivienda que se va a quedar vacía.