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Custodia compartida impuesta, es justa para el menor?

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10/07/2011 20:30
Creo que la pregunta del enunciado se responde sin mas con esta otra: custodia monoparental impuesta, ¿es justa para el menor?

Es evidente que si ambos progenitores solicitan monoparental, o uno de ellos la compartida y otro la monoparental, lo mas adecuado para el menor es continuar recibiendo atenciones y cuidados y educación de ambos. Sólo cabría la opción monoparental si uno de los progenitores no solicitara custodiar al menor bajo ninguna opción.
10/07/2011 16:55
Ningún hijo, cuando sea adulto te reprochará no haberle comprado un juguete determinado, te reprochará no haberle transmitido todo tú amor, apoyo y confianza, así de sencillo. Algún día será normal hablar de la competencia o incompetencia de las personas.

En mí opinión, solicitar la custodia en exclusiva, no es una postura que beneficie a los hijos, que es de lo que se trata. Esto no es una carrera para demostrar quien lo hace mejor. Ni que decir tiene que, si alguien pretende hacer creer con esa postura que pone de manifiesto su amor por los hijos al tiempo que un inequívoco sentido de la responsabilidad, hay algo que no ha comprendido de toda esta historia. El bravucón siempre deja un rastro que le delata, a pesar de que él no lo crea.

Claro que los niños y niñas no necesitan dos figuras parentales, aunque si estas existen, tienen todo el derecho a poder alimentarse de ellas por igual. Y no me refiero a la parte fisiológica, que también. Esto no es parte del debate.

Cierto es que desde hace algunos años se practica como estrategia argumental en el divorcio, pero su significado deja al descubierto el individualismo y esta actitud demostraría que no se está defendiendo ni protegiendo al menor. La conjunción que existía en pro de salvaguardar las necesidades de los hijos (aquello de, “todo por mis hijos”) cuando la pareja convivía, parece haberse transformado, pasando a un estado de moléculas individuales, que lo son, que se repelen entre sí, lo cual en principio no tiene por que ser perjudicial pero que además, ambos se creen mejor que el otro para cubrir las necesidades de los hijos. Acaban de nacer los bandos. A su vez, la legislación actual permite la retroalimentación de estos bandos.

Y si no, a qué viene tanto follón?

Los menores no tienen porqué elegir un bando por que no existen bandos, a priori. Los bandos se forman a raíz de que uno de los dos desea la guarda y custodia para sí, porque esto entraña irremediablemente dos bandos tremendamente perjudiciales para los hijos. Mientras la pareja convive practica la unión de la familia, y no su división, por ello, es incomprensible que dos adultos cuando deciden terminar con su relación sentimental y continuar con sus proyectos personales por separado, también deseen hacer lo mismo con los hijos.

Posteriormente, después de que la troqueladora judicial haya realizado el modelado mediante un imperativo pseudo-proverbial (también llamado “sentencia judicial”), del futuro de los hijos y sus progenitores, uno de ellos, al que la justicia extirpa la guarda y custodia que le asistía desde que su hijo-a nació, deja de ser irremediable y progresivamente un referente para el menor. Este es un bando y el otro es el del custodio, que se conformará como referente por decisión judicial.

¿Se trata de seguir sumando o me he perdido en medio de la tormenta?

La opción de custodia en exclusiva de los hijos comunes, no solo no suma si no que resta y no permite al menor, en base a una experiencia igualitaria, proveerse de todo el panel de oportunidades que está disponible para él. Lo de elegir es una decisión que solo le incumbe al menor pero, sin experiencias, su elección estará probablemente condicionada y la culpa solo puede atribuírsele al adulto.

Parece necesario aunque lamentable tener que recordar que somos seres libres desde que nacemos y hay que decirlo alto y claro, aunque esa libertad se vaya conformando en la medida en que nos vamos desarrollando cognoscitiva, intelectual y emocionalmente, pero para ello el camino no puede estar plagado de los residuos perniciosos que van dejando los adultos, es más, debe estar despejado de las contribuciones que limitan, oprimen y discriminan, y que muy probablemente provienen del prejuicio.

Hasta que no logremos entender y asumir que la concepción de los hijos parte de una planificación y consenso de dos personas adultas y responsables, que la decisión fue tomada con absoluta libertad, que los hijos poseen padre y madre y que además los primeros, son miembros indelebles de dos familias parentales, no avanzaremos hacia su efectivo bienestar.


Pedro Cruz – Gran Canaria
09/07/2011 22:18
Todo esto se arreglaría en un pis pas si los hombres dejaran de tener hijos. Si las mujeres quieren tener hijos que los tengan pero ellas solas a base de inseminaciones artificiales.

Si los hombres caen en las trampas que les tienden las mujeres que sepan que lo van a tener que pagar muy caro.
Custodia compartida impuesta, es justa para el menor?
09/07/2011 01:08
La custodia compartida es lo que realmente beneficia al menor en su desarrollo cognitivo, emocional y competencial por que es la única fórmula que cubre sus necesidades tal y como ellos lo precisan, recibiendo por igual, del padre y de la madre, los cuidados, la protección, la educación y el cariño. Todo lo demás proviene del machismo.

Si mientras dura la convivencia la guarda y custodia se entiende compartida, no existe ni un solo motivo racional que se sostenga para que en el trámite del divorcio, el desacuerdo o la mala relación entre los progenitores arbitre el descomunal desprecio a las necesidades de los hijos comunes, como es la custodia exclusiva. Esto debería entenderse de esta forma, a pesar de que por acuerdo entre adultos (los progenitores) el reparto del tiempo diario de dedicación a los hijos no siempre sea equivalente entre los miembros de la pareja, por que se deduce que ese acuerdo ha sido tomado con responsabilidad y en absoluta libertad.

Por ello, esta cuestión debería ser analizada justo al revés. Esto es, si no se aportan razones fundadas y con pruebas reales, ni tampoco confluyen las situaciones que contempla la actual ley del divorcio por la que no se puede optar a la patria potestad, la situación que efectivamente cumple rigurosamente con el interés superior del menor es, la custodia compartida.

Ahora bien, el caso es que la justicia debería obligar a los progenitores a manifestarse al respecto de ella. No es lo mismo solicitar la custodia conjunta y alternada que manifestar estar en contra de esta fórmula o que pedir la custodia en exclusiva. Los jueces no están por la labor de aclarar cuál es el parecer de cada progenitor respecto de esta cuestión.

La pregunta es sencilla: ¿Prefiere usted la custodia compartida o exclusiva y porqué?

Si se pregunta a los progenitores porqué prefieren la custodia en exclusiva con exposición de sus motivos, se aclararían muchas cuestiones porque, quien prefiere la custodia en exclusiva para sí mismo sin motivos de peso que la justifiquen, lo que desea es apartar a los hijos del otro progenitor y quien prefiere la custodia en exclusiva para el otro progenitor sin una razón, causa o motivo que sostengan responsablemente que su decisión es en favor de los hijos, estaría abdicando del ejercicio como padre o madre.

Por otro lado, los mal llamados “niños maleta”, simplemente no son parte de la realidad, por lo menos de la realidad de las personas con cordura. Tildar de esta forma vejatoria a los hijos es una argucia utilizada para hacer creer de un sufrimiento emocional inexistente en los menores cuyos progenitores comparten la dedicación en la convivencia, la protección, el cariño, la educación y los cuidados a los hijos comunes.

Desde lejos se puede observar la auténtica aberración.

¿A quién perjudica el haber dedicado extensas jornadas laborales para proveer del necesario sustento económico a la familia en detrimento de la dedicación a los hijos?

¿A quién le conviene la mala relación en la expareja durante la tramitación del divorcio? Recordemos que cuando esto se produce, el hombre pierde fulminantemente a sus hijos por efectos de la discriminatoria redacción y peor aplicación de la ley actual del divorcio.

¿Le perjudica esto a la mujer?

¿Se interesa el juez en el por qué de la oposición de la mujer a compartir la custodia de los hijos comunes? NO!!

¿Se interesa el juez por averiguar los motivos de la mala relación que declaran los progenitores para saber si esta es provocada intencionadamente por uno de ellos con el objetivo de obtener los beneficios implícitos en la legislación actual sobre divorcio? NO!!

¿Qué ocurriría si en el juicio, el padre declara una magnífica relación con su expareja y además afirme que está sorprendido porque hasta el momento en que debían confeccionar el convenio regulador había acuerdo verbal entre ambos para compartir la custodia porque estaban convencidos que es lo mejor para los hijos y ahora no sabe qué es lo que ha producido el cambio de opinión en su expareja?

¿Qué ocurriría si una vez la pareja decide divorciarse, él se dirige al juzgado inmediatamente e interpone una denuncia por amenazas, indicando que ella le dijo que le quitaría a los hijos porque piensa solicitar la custodia en exclusiva?

¿Son los jueces o los fiscales especialistas en cuestiones que afectan al desarrollo cognitivo y emocional de los menores? NO!!

¿Están capacitados, por tanto, para dirimir cuestiones que afectan profundamente al desarrollo cognitivo y emocional de los menores sin un informe obligatorio y vinculante realizado por un profesional especializado en la salud emocional de las personas? NO!!

¿Tanto la actual ley del divorcio como las actuaciones de jueces y fiscales tienen trasfondo machista?

¿Estamos viviendo el tan ansiado siglo XXI o seguimos anclados en el pleistoceno?

Entonces...



Pedro Cruz - Gran Canaria