En las cuentas de la comunidad, cuando se hace una obra extraordinaria, aplazada, por ejemplo a 48 meses, hay que reflejar en gastos habidos el total de la obra en un solo ejercicio, sin tener en cuenta los plazos?
Y en el balance de situación hay que tener en cuenta el total del importe que queda por pagar, sin tener en cuenta las derramas que queden por ingresar para cubrir dicho importe?