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Cuenta vivienda

9 Comentarios
 
25/02/2008 19:54
hola

ummmm......si,entiendo gordo. Pero con todo entiendo que efectivamente la devolucion de 2002 esta prescrita, pero la nueva cuenta vivienda se abre y se realizan aportaciones mientras aun no esta prescrita por lo que tanto la nueva cuenta vivienda es incorrecta desde el primer momento y las deducciones que se practican no validas (por lo tanto teniendo que hacer su devolucion) desde el momento que se practican, pudiendo reclamar la aeat todas las aportaciones deducidas y no prescritas sobre esa cuenta. aun con todo creo que tu linea de alegaciones es la correcta.


Un saludo.
25/02/2008 16:44
Hola medik2. Lo que propongo no es que devuelva las deducciones del 2001 presentando declaración del 2002, sino que alegue la prescripción de la deducción incorrectamente realizada, ya que han pasado más de cuatro años desde que se tenían que haber regularizado las mismas. Un saludo.
25/02/2008 13:52
si visto asi, gordo, tienes razon, puede que este prescrito, pero de todas formas si es asi la reclamacion de hacienda es muy correcta. La ley marca que una persona no puede abrir una cuenta vivienda hasta que no devuelva las cantidades de la anterior, por lo tanto como carabanchel26 no las ha devuelto, la segunda cuenta vivienda que abre, sera lo que sea menos cuenta vivienda, por lo que en mi opinion todas las deducciones por esa segunda cuenta vivienda son incorrectas.El problema es que el ejercicio 2002 es prescrito, por lo que no se si van a dejar presentar declaracion, y aunque le dejasen, la declaracion a pesar de corresponder a 2002, estaria presentada en 2008 y las cantidades devueltas en 2008, por lo que en mi opinion las cantidades depositadas en la segunda cuenta vivienda seguirian siendo incorrectas.


siento verlo asi de negro....pero es mi opinion. creo ademas que las paralelas si solo le quitan dos años de deducciones no son del todo desfavorables, y tampoco las veo exactamente la logica.

un saludo
24/02/2008 21:56
Gracias por la opinion de todos aunque sigo la linea que dicen tributo y gordo.
23/02/2008 09:10
Yo entiendo que si está prescrito, ya que desde el momento en el que dispuso del dinero en el año 2002 debería haber devuelto las deducciones del año 2001.
Si dispuso del dinero entre enero y mayo del 2002 no debía haberse dedudido por la cuenta vivienda, y si lo hizo despues debería haber devuelto las deducciones en la renta del 2002.
Por tanto yo iría por ese camino ya que la Agencia Tributaria no me ha reclamado la deducción incorrectamente realizada en el plazo de cuatro años.
22/02/2008 20:58
no esta prescrito. si abrio la cuenta en 2001 tenia que invertir en2005(no se si por aquellas fechas daban4 o 5 años), por lo que el incumplimiento se produce en 2005, por lo que prescribiria contando 4 años a partir de 2005. Pero yo entiendo que no es eso lo que le estan reclamando.

vamos aver, primero, hay que ver si el saldo de la cuenta que abrio en 2003 estaba dedicado a la compra de vivienda habitual en el plazo de cuatro años contados de fecha a fecha desde que abrio la cuenta, porque si mis cuentas no me fallan entre 2003 y 2007, dependiendo del mes, tal vez sea por eso la reclamacion.

ahora bien, no entiendo muy bien lo que expone, como es que solo le reclaman las cantidades del 2006 y 2005??si no ha invertido tiene que devolver todas. por otra parte una persona no puede abrir una segunda cuenta vivienda si no ha devuelto las cantidades por las que ha desgrabado incorrectamente en cuentas anteriores por lo que la segunda cuenta no seria valida y por lo tanto tendria que devolver igualmente todas las cantidades. es un poco estraño

disculpe la imprecision.

un saludo
20/02/2008 11:52
Hola carabanchel26,

Lo que usted plantea no está mal... vamos a ver.

Usted declaró en 2001 que tenía una cuenta ahorro vivienda. Por tanto, se comprometía a materializar esa compra de vivienda en los ejercicios 2001, 2002, 2003 o 2004. No ha adquirido esa vivienda.

Por tanto, las deducciones de las que disfrutó en esos 4 ejercicios las perdería (el 2002 no hizo declaración) y tendría que pagar las cantidades deducidas incorrectamente.

La posible solución? Bueno, usted quiere que le cobren el 2001 y en paz. En primer lugar, vaya al banco y pida una certificación de que la cuenta que dedujo en 2001 no es ni ha sido nunca una cuenta ahorro vivienda. Asimismo, solicite un extracto anual de esta cuenta en ese año, para demostrar que la cuenta ha tenido entradas y salidas, y movimientos que la invalidan como cuenta ahorro vivienda.

Con todo ello, debe presentar declaración sustitutiva del ejercicio 2001. Hágase a la idea de que esto lleva sanciones y recargos de cierta envergadura (incluso dudo que actualmente pueda presentar esta declaración sustitutiva, consulte con AEAT antes de presentarla).

Mientras tanto, en el banco que le certifiquen que la cta. ahorro vivienda que usted emplea en 2003-2007 es correcta. Y recurra la liquidación que le hace AEAT, argumentando que usted no disfrutó en su momento de deducciones en la cta. anterior (ojo, esto con posterioridad a la declaración sustitutiva).

El error que yo veo en su planteamiento es el de 'el delito sería en 2001 y ya estaría prescrito'. Para AEAT la declaración del 2001 es plenamente válida y no lleva ningún error, mientras usted no la sustituya por otra. No es que sepan que cometieron un error y no le pillaron a tiempo, es que su declaración seguirá siendo correcta para ellos mientras no haya una sustitutiva.

En principio, y si no hizo una gran deducción en el 2001, debería salir rentable la sustitutiva pese a las posibles sanciones.

Un saludo.
19/02/2008 23:12
Hola,
Hacienda ahora no solo me reclama sobre 2006 sino que tambien 2005 (en la paralela de 2005 me recoge las desgrabaciones de 2001,2003,2004 y 2005). En 2002 no hice declaración. Según la ley, si se dispone del dinero de la cta vivienda se debe proceder a la devolucion. Al ser la cuenta de 2001 una cta con salidas en 2002 sin destino la compra de, en 2002 deberia haber realizado declaracion y devolver lo desgrabado en 2001. Por tanto el delito sería en 2002 y ya estaría prescrito. La nueva cuenta de 2003 a 2006 estaría todo correcto. Me gustaría saber sus comentarios al respecto.
Gracias y un saludo,
19/02/2008 10:44
Hola Jose,

No, no puede alegar errores ni semejantes. Usted no puede ahora pagar lo que se no se pagó en 2001, y es cierto que tiene un máximo de 4 años para desgravar por cuenta ahorro vivienda.

Por tanto, la desgravación aplicada en 2006 es incorrecta tal como establece AEAT.

Un saludo.
Cuenta vivienda
13/02/2008 23:00
En la renta de 2001 declare en concepto de cuenta vivienda el saldo de una cuenta a fecha 31 de diciembre de 2001 y me desgrave por este hecho. Se trata de una cuenta corriente con entredas y salidas de dinero durante los siguientes años sin destino la adquisicion de una vivienda.
En 2002 no realizo declaracion.
En 2003 abro una cuenta vivienda de la que me he desgrabado los años 2003, 2004, 2005 y 2006. En 2007 me compro la vivienda y utilizo el dinero aportado en la cuenta vivienda.
Sobre la declaracion de 2006 hacienda me comunica que no me puedo desgrabar al haberme desgravado ya durante 4 años.
Mi pregunta es saber que debo hacer. Hacienda me reclama sobre 2006, ¿pero puede reclamarme sobre el resto de año? ¿puedo alegar un error en 2001 y pagar lo deducido en 2001 y entonces el resto de años estarían correctos?
Muchas gracias de antemano por asesoramiento.
Jose.