1.- La solicitud de nacionalidad española por residencia se hace exclusivamente por Internet, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Podrían hacerlo ustedes mismos y ahorrarse los honorarios de la abogada, aunque es comprensible que se busque asesoría, porque puede resultar un poco confuso. Si lo quisieran hacer ustedes solos necesitaría tener:
- Un certificado digital instalado en su ordenador ( GRATUITO, puede solicitarlo en la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).
- Instalar la aplicación Autofirma en el ordenador ( GRATUITO, se puede descargar de la página web del Ministerio de Administraciones Públicas).
- Asegurarse de que su ordenador tiene el programa JAVA ( GRATUITO).
- Escanear todos los documentos preceptivos en formato PDF.
2.- Su cónyuge solo debe hacer el examen de conocimientos culturales, sociales y constitucionales de España. Tiene fijada una tasa de 85 euros. La tasa de tramitación de la nacionalidad española por residencia actualmente es de 102 euros.
3.- Dado que se presenta exclusivamente por Internet, una vez presentado, se recibe automáticamente en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. La resolución corresponde a la Dirección General de Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, en Madrid y es indiferente desde el lugar de España desde el que se envíe, porque la recepción se efectúa en tiempo real. Pero como la tramitación del expediente y la calificación sí la hacen los funcionarios y el número de los que existen no se da abasto por la avalancha de solicitudes que llegan de toda España, el trámite puede llegar a tardar de dos a tres años. Pero el plazo fijado legalmente es de UN AÑO.
4.- Su cónyuge, en tanto que cónyuge de un ciudadano español, debe haber cumplido íntegramente UN AÑO de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición y al mismo tiempo, haber transcurrido, al menos, UN AÑO desde la fecha de celebración del matrimonio ( el matrimonio debe estar ya inscrito en el Registro Civil español, si bien sus efectos se reconocen desde la fecha en que se celebró si se hubiera celebrado fuera de España) y estar empadronados en la misma vivienda.
Hola. Yo soy español casado con dominicana. Ya le han dado la residencia por un año, la cual vamos a renovar para 5 años, si nos los dan, este agosto de 2019. Pues bien, nos ha dicho una abogada que mi esposa ya puede hacer el examen y una vez le renueven la residencia iniciar los papeles. En total con las tasas y los honorarios y el examen nos cobra 500 euros.
Pero la pregunta es, cuanto tardarán en concederle la nacionalidad? Nosotros estamos en Tenerife.
Tiene alguna diferencia de rapidez si estamos en otra comunidad?
Lo estamos haciendo bien, o bien hay otras vias mas rapidas y eficaces?