Buenas tardes.
Les agradecería que me dijeran si en un proceso penal por agresión se puede considerar como cuantía la cantidad que se señale como indemnización por las lesiones o si sería de cuantía indeterminada, dado que al iniciar el proceso no hemos pedido una cantidad determinada. Esta duda es en relación al artículo 243.2, párrafo tercero de la ley de enjuiciamiento civil en relación con su artículo 394.3, cuando dice: "Cuando, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, se impusieren las costas al litigante vencido, éste sólo estará obligado a pagar, de la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, una cantidad total que no exceda de la tercera parte de la cuantía del proceso,..." En definitiva, lo que me gustaría saber es si la cuantía del proceso para este caso sería el importe de la indemnización. Muchas gracias por su ayuda. Saludos.