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Cuándo un acuerdo en un acta es válido

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
11/04/2022 17:42
AGFABOGADOS
Gracias. Sí en ello estamos pero se me ha condenado a costas y esto es bastante disuasorio. Cada vez creo menos en la justicia. Una administradora se salta la LPH, los estatutos de la comunidad, permite que la junta directiva robe y la justicia te dice que como siempre se ha hecho así, que te aguantes. He demostrado con pruebas su mala praxis en el colegio de administradores y me quitan la razón con el argumento de que la administradora dice...
Mis pruebas no valen nada y su palabra sí. Me siento totalmente desprotegida. En este país si no tienes dinero para pleitear, estás perdida.
11/04/2022 18:19
Malmi
Buenas tardes:

" pero se me ha condenado a costas y esto es bastante disuasorio". Es lo normal cuando se plantea una demanda y ésta es desestimada en su integridad, no siendo un obstáculo insalvable si consideramos que hay opciones reales de ganar el recurso y revertir, además del sentido de la resolución, la condena en costas. Cuestión distinta es cuando se imponen las costas bajo el criterio de "mala fé o temeridad" en cuyo caso sí que debe ser considerado como un elemento disuasorio a la hora de valorar la viabilidad de un recurso de apelación.

Un saludo.
***
12/04/2022 09:06
Malmi
Como ya he dicho en otra ocasión, cuando se dice a la ligera "IMPUGNE" esto es un riesgo que dependiendo de lo que pretendas conseguir es inteligente o no hacerlo ya que en caso de un revés ta torta te puedes costar como un pan.
Aquí tenemos un ejemplo de una administradora que ha hecho lo que le ha dado la gana y que además se ha salido con la suya. Pero ojo, que en caso de perder, ella no hubiera recibido sanción alguna, ya que hubiera recaído sobre la comunidad demandada. Ella se iría de rositas.
Por ello me repito que, antes de ir a un juicio es mejor llegar a un mal acuerdo, pero acuerdo a fin al cabo.